Un delincuente que aprovecha un semáforo en rojo para robar la cartera al conductor que espera el cambio de luz puede recibir la misma pena (de hasta ocho años) que un violador sexual. Es decir, el Código Penal establece sanciones equivalentes para un delito que atenta contra la propiedad y para uno que atenta contra la libertad sexual.
Este es solo uno de muchos ejemplos de desproporcionalidad de penas que se pueden encontrar a lo largo del texto del Código Penal vigente. Bajo la premisa de que la finalidad de las penas no es exclusivamente el castigo, sino también la prevención y resocialización, la norma – publicada en 1991– redujo y moderó la mayoría de sanciones con respecto al código anterior. Sin embargo, a lo largo de los últimos 25 años, tanto el Congreso como el Ejecutivo han modificado el código y elevado las penas en respuesta a eventos coyunturales. Lo han hecho de manera desordenada y sin tener una mirada orgánica de toda la norma.
Las más de 500 modificaciones para agravar las penas –suma realizada por Carlos Zoe Vásquez, director general de Política Criminal y Penitenciaria del Ministerio de Justicia– han resultado en una norma con sanciones desproporcionadas y contradictorias. A continuación, algunas de las perlas de nuestro código:
1. CASO BUSCAGLIASilvana Buscaglia fue sentenciada, en el marco del nuevo proceso de flagrancia, a seis años y ocho meses de prisión por agredir a un policía en el aeropuerto internacional Jorge Chávez. Luego de que el oficial la intervino por estacionarse mal, ella reaccionó de forma violenta contra el policía, lo agredió verbalmente y lo empujó.
Mientras que la pena máxima por el delito de violencia contra la autoridad puede llegar hasta los 12 años de cárcel, la pena por homicidio con emoción violenta no supera los cinco. Si una persona descubre que su pareja le está siendo infiel, y producto del impulso del momento atenta contra su vida y la mata, recibirá una pena un tercio menor que la de Buscaglia. O si alguien maneja en estado de ebriedad, atropella y mata a una o más personas, será sentenciado a un máximo de ocho años de prisión, nuevamente menos que Buscaglia.
2. POR ROBAR UN CELULAR: 14 AÑOSOtra sentencia que llamó la atención, también dentro del proceso de flagrancia, fue la que recibió Fernando Gómez Aguilar, condenado a 14 años de prisión por robar un celular en el Callao. La sentencia fue por robo agravado, ya que el delito se perpetró con ayuda de otra persona. La pena por este delito contra la propiedad –en su forma agravada– oscila entre 12 y 20 años, muy por encima de una serie de penas que protegen la vida y la libertad sexual. Algunos delitos que reciben penas menores que el robo agravado son el parricidio y feminicidio (máximo 15 años), el homicidio por negligencia con agravante (máximo de ocho años) y la violación sexual (máximo ocho años).
3. CRUELDAD ANIMALEn noviembre el Congreso aprobó la Ley de Protección y Bienestar Animal que modificó el Código Penal e incluyó el delito de maltrato animal. Ahora, quien abandone o cometa actos de crueldad contra un animal – se excluyen las corridas de toros y peleas de gallos– recibirá una pena de tres años de cárcel. Si el animal muere a causa de dicho abandono, la pena será de cinco años. El Código Penal también sanciona con cuatro años de prisión a quien abandone y exponga a peligro de muerte a un menor de edad o a quien esté bajo su cuidado. Es decir, con apenas un año más que por abandonar a un animal. Asimismo, si una persona causa la muerte de otra por negligencia la pena es de dos años.
Reforma penalEstos son solo algunos ejemplos en los que las penas establecidas en la norma penal son desproporcionadas y no tienen relación ni con el delito ni con el bien jurídico que se pretende proteger. Para un sector de penalistas nacionales es necesaria una revisión sistemática de la legislación penal para eliminar las contradicciones en la norma.
La gran mayoría de peruanos (89%) considera que las penas en el país son desproporcionadas y que se deberían revisar los años de condena para que guarden relación con los delitos cometidos, según la encuesta de El Comercio-Ipsos publicada este mes.
El jefe del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), Julio Magán, pidió a las autoridades del Poder Judicial que reorienten la imposición de las penas privativas hacia las penas alternativas como jornadas de trabajo comunitario o arrestos de fin de semana. De lo contrario, con la aplicación del proceso de flagrancia, las cárceles colapsarán.
El presidente del Poder Judicial ,Víctor Ticona, adelantó que, si bien los juzgados de flagrancia representan una respuesta eficaz e inmediata a la inseguridad, algunas de las penas del código deben ser revisadas para eliminar la desproporcionalidad. Para ello, ha dispuesto que el Poder Judicial elabore una propuesta legislativa que se presentará ante el Congreso.