El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos remarcó que los hijos están obligados por ley a ayudar a sus padres a cubrir sus necesidades básicas, cuando estos últimos no puedan valerse por sí mismos, ya sea por limitaciones físicas, de salud o problemas económicos. En un comunicado, explicó que el sustento para establecer la obligación alimentaria a favor de los padres se basa en el artículo N° 474 del Código Civil, que establece que el padre de familia que se encuentre en estado de necesidad económica y con imposibilidad de mantenerse por sí mismo podrá reclamar a los hijos mayores de edad una pensión de alimentos.
Esta norma protege a los progenitores ante el abandono de sus hijos u otros familiares, ya que no se atreven a denunciarlos por vergüenza, pena o desconocimiento de las leyes.
En este sentido, la presentación de la demanda exigiendo esta pensión es un derecho irrenunciable de los padres ante el abandono de hijos que tienen la capacidad económica para atenderlos.
TRÁMITE Y REQUISITOSEl Ministerio de Justicia detalló que la demanda se presenta en cualquier momento ante un Juzgado de Paz Letrado, adjuntando los siguientes documentos:
- Copia del DNI del demandante- Partida de nacimiento del demandado- Domicilio del demandado- Lugar de trabajo del hijo o hijos.- Señalar gastos del demandante, adjuntando de ser el caso medios de prueba que lo sustenten. - Documentos que acrediten los ingresos del demandado. - También se puede presentar una medida cautelar de asignación anticipada y otras en favor del demandante.
Al respecto, los defensores públicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos brindan asesoría legal gratuita a las personas que necesitan realizar este trámite ante el Poder Judicial.
Este servicio se enmarca dentro de la política del sector de trabajar por un sistema de administración de justicia accesible a la ciudadanía, especialmente en aquellos que están en situación de mayor vulnerabilidad.
Para cualquier consulta o requerimiento de patrocinio legal gratuito sobre este y otros temas, los interesados pueden llamar a la línea gratuita de la Defensa Pública del MINJUSDH: 0800 15259.