Las personas que viven en Lima Metropolitana y el Callao tendrán que cumplir este sábado 22 y domingo 23 de enero, con las restricciones dispuestas por el Gobierno (Toque de queda), en el marco del estado de emergencia por el coronavirus (COVID-19), vigente desde marzo del año pasado en todo el país.
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Según el Decreto Supremo 005-2022-PCM, las nuevas medidas que comenzaron a regir desde el pasado 17 de enero van hasta el domingo 30 del presente mes. Tras una nueva evaluación de la situación sanitaria, el Gobierno de Pedro Castillo dispuso que Lima y Callao continúen en el nivel de alerta sanitario alto, debido al incremento de casos de COVID-19 ante la confirmación de una tercera ola de la pandemia en el país.
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¿A qué hora inicia el toque de queda?
El horario de inmovilización social obligatoria (toque de queda) en Lima y Callao, zonas del país en alerta alta, comienza a la medianoche y va hasta las 4 de la mañana del día siguiente, de lunes a domingo, una hora más para que los negocios puedan seguir funcionando, y los ciudadanos se movilicen a sus hogares.
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La norma señala que durante el toque de queda se exceptúa al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud y financieros, medicinas, abastecimiento de tiendas de primera necesidad, supermercados, mercados, mercados itinerantes y bodegas, servicio de restaurante para entrega a domicilio y recojo en local.
Durante la inmovilización social obligatoria se permite que las farmacias y boticas puedan brindar atención de acuerdo con la norma. También se permite el desplazamiento peatonal de aquellas personas que requieren de una atención médica urgente o de emergencia por encontrarse en grave riesgo su vida o salud; así como para la adquisición de medicamentos y para participar en el proceso de vacunación, sin restricciones por el toque de queda, incluyendo a un acompañante.
¿Se puede usar vehículos particulares?
Lima y Callao no tienen la restricción de uso de autos particulares los domingos, pese a figurar en el nivel de alerta sanitario alto. Esto quiere decir que, los domingos 23 y 30 de enero, estará permitido la salida de autos.
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¿Cuáles son las medidas para el transporte interprovincial?
El transporte interprovincial terrestre continúa funcionando de forma libre en Lima y Callao con un aforo al 100%, según lo indicado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Los conductores, pasajeros y tripulación deben utilizar obligatoriamente doble mascarilla (una quirúrgica de tres pliegues debajo y sobre ella otra de tela) o una mascarilla KN95 tanto en los terminales terrestres como dentro de los buses. Adicionalmente, se recomienda el uso del protector facial.
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Además, desde el 10 de diciembre del 2021 se exige el carné de vacunación completa contra el coronavirus a los mayores de 18 años para poder viajar vía terrestre y aérea a nivel nacional.
A partir del 23 de enero, los pasajeros mayores de 50 años deberán acreditar haber recibido la tercera dosis de refuerzo. La dosis de vacunación puede haber sido recibida en el Perú o en el extranjero. En el caso de que no se cuente con ellas, los pasajeros pueden presentar una prueba molecular con resultado negativo con fecha no mayor a 48 horas antes del abordaje.
Además, los pasajeros deben entregar una Declaración Jurada de no presentar sintomatología COVID-19.
¿Cuál es el aforo en nivel de alerta alto?
Actividades en espacios cerrados
- Centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por departamento, tiendas en general y conglomerados:60% (antes 40%)
- Tiendas de abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados, mercados, bodegas y farmacias: 60% (antes 50%)
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen menos de 200 metros cuadrados en zonas internas: 60% (antes 50%)
- Restaurantes y afines, cuya área de atención al cliente (salón, bar y sala de espera) sumen igual o más de 200 metros cuadrados en zonas internas: 80% (antes 50%)
- Casinos y tragamonedas: 40%
- Cines y artes escénicas: 60% (antes 40%)
- Bancos y otras entidades financieras: 60%
- Templos y lugares de culto: 60% (antes 40%)
- Bibliotecas, museos, centros culturales y galerías de arte: 80% (antes 50%)
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes con contacto): 60% (antes 50%)
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas (deportes sin contacto): 60% (antes 50%)
- Eventos empresariales y profesionales: 60% (antes 50%)
- Peluquería y Barberia: 60% (antes 50%)
- Spa, Baños turcos, sauna, baños termales: 40%
- Coliseos:60% (antes no permitido)
- Gimnasios: 60% (antes 40%)
Actividades en espacios abiertos (respetando aforo y protocolos, previa autorización de los gobiernos locales en el marco de sus competencias)
- Artes escénicas
- Enseñanza cultural
- Restaurantes y afines en zonas al aire libre
- Áreas naturales protegidas, jardines botánicos, monumentos o áreas arqueológicas, museos al aire libre y zoológicos
- Baños termales al aire libre
- Actividades de clubes y asociaciones deportivas al aire libre
- Eventos empresariales y profesionales al aire libre
- Mercados itinerantes
- Estadios deportivos (esquema de vacunación completa más dosis de refuerzo): 30% (antes no permitido)
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