Luego de escuchar a las partes, el Tribunal Constitucional (TC) dejó al votó su decisión sobre la demanda de inconstitucionalidad que presentó el Ejecutivo contra el Legislativo para dejar sin efecto la Ley 31096, la cual establece la formalización de los taxis colectivos para el transporte de pasajeros, informó el supremo interprete de la Constitución.
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La norma fue aprobada por insistencia por el Congreso en diciembre del 2020, mientras que la demanda fue presentada en febrero pasado por la Procuraduría en Asuntos Constitucional del Ministerio de Justicia, a pedido del Ministerio de Transportes (MTC).
Según el MTC, la norma es riesgosa y vulnera los derechos, pues se tiene evidencia que dichos vehículos generan un aumento de accidentes de tránsito de los ciudadanos y usuarios del servicio de transporte público.
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Asimismo, según la demanda presentada por el Ejecutivo, la ley es inconstitucional porque permite que vehículos que no cuentan con los requisitos técnicos necesarios realicen el transporte terrestre de personas a nivel nacional, regional y local, poniendo en riesgo la vida, salud e integridad de las personas. Además, de afectar el medio ambiente.
Más casos pendiente de resolución
Asimismo, en un comunicado, el TC informó que quedó al voto la demanda de conflicto competencial (Exp. N° 00001-2020-CC/TC) interpuesta por la Municipalidad Metropolitana de Lima contra del Ministerio de Transportes y Comunicaciones por la Resolución de Presidencia Ejecutiva 65-2020-ATU/PE, que crea el Sistema de Transporte Individual Sostenible (Sitis) para implementar una red de ciclovías definida por la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao.
También quedaron al voto las demandas de inconstitucionalidad interpuestas por el Colegio de Enfermeros del Perú contra el Decreto de Urgencia 14-2020, que regula disposiciones generales para la negociación colectiva en el sector privado (Exp. N° 00004-2020-PI/TC); Colegio de Abogados del Callao contra el Decreto de Urgencia 16-2020 (Exp. N° 00008-2020-PI/TC) y la Municipalidad Provincial de Aymaraes contra el artículo 4 de la Ley 30295 sobre saneamiento y organización territorial de la provincia de Andahuaylas y sus distritos en Apurímac (Exp. N° 00012-2020-PI/TC).
En la audiencia pública, participaron la presidenta Marianella Ledesma Narváez y los magistrados Augusto Ferrero Costa, Manuel Miranda Canales, Ernesto Blume Fortini, Carlos Ramos Núñez, José Luis Sardón de Taboada y Eloy Espinosa-Saldaña Barrera.
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