Este mes de diciembre a los trabajadores del sector público les toca recibir su segundo aguinaldo del año. Conoce cuánto será el monto y cuándo se debe realizar el pago, de acuerdo como manda la ley peruana.
Primero debe quedar claro que aguinaldo no es lo mismo que gratificación, que se otorga al sector privado. El aguinaldo es una bonificación que se entrega sólo a los funcionarios públicos y servidores nombrados y contratados bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 276 y la Ley N° 29944.
Esta bonificación, además, no se encuentra sujeta a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna, excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador.
¿CUÁL SERÁ EL NUEVO MONTO DEL AGUINALDO DE NAVIDAD ESTE 2022 PARA EL SECTOR PÚBLICO?
El aguinaldo por Navidad subirá este 2022 de 300 a 500 soles, según anunció la presidenta de la República, Dina Boluarte.
“Para que por lo menos esta Navidad pasen bien nuestras hermanas y hermanos vamos a dar un aguinaldo mayor a los 300 soles que se daba toda la vida; 500 soles vamos a dar de aguinaldo a la población peruana, a los que están dentro de las planillas y reciben su aguinaldo en cada Navidad”, reveló en el dominical Punto Final.
Cabe recordar que, el pasado 6 de diciembre, se publicó el Decreto Supremo Nº 283-2022-EF, que dicta disposiciones reglamentarias para el otorgamiento del Aguinaldo por Navidad, establecía que el monto sería de hasta S/300. Ahora, esto ha cambiado.
¿CUÁNDO SE PAGARÁ EL AGUINALDO NAVIDEÑO?
Según la norma que regula el beneficio económico, el aguinaldo de hasta S/500 será incluido en la planilla de pagos correspondiente al mes de diciembre del año 2022.
¿QUIÉNES RECIBEN EL AGUINALDO DE DICIEMBRE?
El aguinaldo por Navidad será para los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, la Ley Nº 29944 y la Ley Nº 30512.
La norma precisa que le corresponde a los docentes universitarios (Ley Nº 30220); al personal de la salud (Decreto Legislativo Nº 1153); los obreros permanentes y eventuales del sector público; al personal de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú.
La norma incluye a los pensionistas a cargo del Estado comprendidos en los regímenes de la Ley Nº 15117, los Decretos Leyes Nº 19846 y Nº 20530, el Decreto Supremo Nº 051-88-PCM y la Ley Nº 28091.
¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA RECIBIR EL AGUINALDO DE NAVIDAD?
Los trabajadores tienen derecho a percibir el Aguinaldo por Navidad, siempre que cumplan de manera conjunta con las siguientes condiciones:
- Estar registrados en el Aplicativo Informático para el Registro Centralizado de Planillas y de Datos de los Recursos Humanos del Sector Público (AIRHSP)
- Haber estado laborando al 30 de noviembre de 2022, o en uso del descanso vacacional, o de licencia con goce de remuneraciones o percibiendo los subsidios a que se refiere la Ley Nº 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud.
- Contar en el servicio con una antigüedad no menor de tres meses al 30 de noviembre del presente año. Si no cuenta con ese tiempo, el pago se hará en forma proporcional a los meses y días laborados.
¿CUÁLES SON LOS DÍAS DE PAGO DEL AGUINALDO?
Según la norma que regula el beneficio económico, el aguinaldo de hasta S/500 será incluido en la planilla de pagos correspondiente al mes de diciembre del año 2022. A continuación, el cronograma de pago del Banco de la Nación:
Lunes 19 de diciembre
- Presidencia del Consejo de Ministros.
- Poder Judicial.
- Ministerio de Justicia.
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¿QUÉ ES LA GRATIFICACIÓN?
La gratificación es el derecho de los trabajadores a percibir una remuneración adicional por Fiestas Patrias, en el mes de julio y Navidad, en diciembre. La gratificación tiene como fin que el trabajador pueda afrontar los gastos adicionales que demandan estas festividades como viajes, excursiones, compras, entre otros, indica el Ministerio de Trabajo.
¿QUIÉNES RECIBEN GRATIFICACIÓN POR NAVIDAD?
Los trabajadores del sector privado que se encuentren en planilla y que hayan laborado al menos 1 mes entre julio y diciembre de 2022.
Si la persona trabajó solo 1 mes durante ese semestre, no recibirá la gratificación completa, como sí lo harán los que están en planilla desde el 01/07/2022. En tal caso, el monto del pago será de 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.
¿QUIÉNES NO RECIBEN GRATIFICACIÓN?
No todos los regímenes laborales reciben gratificación:
- Los trabajadores de la pequeña empresa, reciben la mitad de este beneficio.
- Los trabajadores del sector público reciben un “aguinaldo” en vez de la gratificación, cuyo monto lo determina el MEF (suele ser S/300).
- Los practicantes y jóvenes en formación laboral, reciben media subvención económica al cumplir 6 meses, lo cual no necesariamente se da en julio y diciembre.
- Los trabajadores de la microempresa, los independientes y los informales, no reciben gratificación.
¿CUÁNDO VENCIÓ EL PLAZO PARA EL DEPÓSITO DE LA GRATIFICACIÓN?
Las empresas deben depositar la gratificación hasta el 15 de diciembre, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley sobre gratificaciones (Ley 27735). Se estima que a más de 4 millones de trabajadores en planilla del sector privado reciben el pago de este beneficio laboral.
¿CUÁNTO PAGAN DE GRATIFICACIÓN POR NAVIDAD EN PERÚ?
La gratificación de un trabajador del sector privado es de un sueldo bruto (no estará sujeto a ningún descuento AFP, Impuesto a la Renta, etc.). En el caso de los que tienen Essalud, recibirán la bonificación extraordinaria del 9% del salario; mientras que los que aportan a la EPS, recibirán 6.75% más.
¿CUÁL ES LA MULTA POR NO DEPOSITAR LA GRATIFICACIÓN?
Las empresas que no realicen el depósito a tiempo podrían recibir una multa que va desde los S/7,222 hasta los S/120,152, dependiendo del número de trabajadores afectados y el monto de la UIT vigente. Además, se aplicará intereses legales laborales que se generen hasta la fecha efectiva de pago.
¿QUÉ TIENEN EN COMÚN EL AGUINALDO Y GRATIFICACIÓN?
Ambos conceptos destinados a los trabajadores, en julio y diciembre, no pueden ser sujetos a descuentos. La Ley Nº 30334, que establece medidas para dinamizar la economía en el año 2015, se dispuso que los aguinaldos y gratificaciones no se encuentren sujetos a aportaciones, contribuciones ni descuentos de índole alguna; excepto aquellos otros descuentos establecidos por ley o autorizados por el trabajador. MÁS DETALLES AQUÍ.
FERIADO VS. DÍA NO LABORABLE
- FERIADO
El feriado es un día festivo en el que los trabajadores, tanto del sector público como privado, pueden dejar de laborar. Lo mismo ocurre con los estudiantes, quienes dejan de ir a sus clases. En el caso de que un empleado trabaje un feriado, recibirá una remuneración adicional, que normalmente es el triple, así sea domingo.
- DÍA NO LABORABLE
El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. En el privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Si en caso un empleado trabaja con normalidad, esto no significa que recibirán un pago extra, ya que solamente recibirá el mismo sueldo sin incrementos. Para los que descansen deberán compensar esas horas con horas extras, trabajos los sábados o considerar como parte de las vacaciones.
¿CUÁNTO ME DEBEN PAGAR DE GRATIFICACIÓN SI YA NO TRABAJO EN LA MISMA EMPRESA?
A esto se le llama gratificación trunca y el pago se calcula de acuerdo con el salario de cada empleado. Para que puedas recibir este pago por Navidad, debes haber trabajado al menos un mes entre julio y diciembre de 2022.
El trabajador recibirá un pago proporcional de acuerdo a los meses laborados, esto quiere decir 1/6 del monto total por cada mes. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿CUÁNTO RECIBIRÉ DE GRATIFICACIÓN SI ME AUMENTARON O REDUJERON EL SUELDO?
En el que caso que hayan aumentado o reducido el sueldo en la empresas donde laboras, se verá afectado cuánto recibirás de gratificación. El reglamento del Decreto Supremo 005-2002-TR establece que “la remuneración computable para las gratificaciones de Fiestas Patrias y Navidad es la vigente al 30 de junio y 30 de noviembre, respectivamente”. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿CÓMO CALCULO EL PAGO DE MI GRATIFICACIÓN SI MI SUELDO ES VARIABLE O IMPRECISO?
Las remuneraciones variables o imprecisas se incorporan si el trabajador las ha percibido, por lo menos, en 3 meses dentro del periodo comprendido entre el 1 de julio de 2022 y el 31 de diciembre de 2022.
En ese caso se promedia la remuneración percibida en los últimos 6 meses anteriores al 15 de diciembre de 2022. Por ejemplo, si dos meses ganaste S/1,500; otros tres, S/2,000; y uno, S/1,200; debes sumarlo y dividirlo en 6. En este caso la suma es S/10,200 y el resultado de la división es S/1,700. Tu gratificación será con base a un promedio salarial de S/1,700.
¿CÓMO DENUNCIO SI NO ME DEPOSITAN LA GRATIFICACIÓN?
Si no te depositaron la gratificación puedes realizar la denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil). Puedes hacerlo de dos formas:
- Comunicarte al 390-2780
- Escribe al correo electrónico consultas@sunafil.gob.pe. MÁS DETALLES AQUÍ.
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¿QUÉ ES LA CTS Y PARA QUÉ FUE CREADA?
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que tiene como objetivo proteger al trabajador de las contingencias que pueden originarse como consecuencia del cese en el trabajo. Este beneficio está regulado por Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, y su reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-TR.