El Servicio de Impuestos Internos estableció las fechas de declaración de renta y de los eventuales depósitos correspondientes a las devoluciones de impuestos. Aquí los detalles (Foto: Gob.cl)
El Servicio de Impuestos Internos estableció las fechas de declaración de renta y de los eventuales depósitos correspondientes a las devoluciones de impuestos. Aquí los detalles (Foto: Gob.cl)
Redacción MAG CL

La Operación Renta es un procedimiento tributario de gran relevancia en Chile, que requiere que los contribuyentes presenten su declaración de impuestos durante el mes de abril. Este proceso es fundamental para que el sistema tributario funcione correctamente, tanto para empresas como para personas. En Mag, nos preocupamos por que puedas cumplir con tus obligaciones tributarias de manera efectiva, por lo que hemos preparado una guía completa con toda la información que necesitas para realizar tu declaración de impuestos en la Operación Renta 2023. Además, te proporcionamos las fechas claves para que puedas planificar tus plazos y cumplir con tus responsabilidades tributarias sin problemas.

Cabe señalar que estas exigencias deben ser cumplidas por medio del Servicio de Impuestos Internos (SII), institución pública para la fiscalización de aquellas personas que , ya sean de primera categoría (ventas de productos y/o servicios provenientes de un capital) o segunda categoría (rentas derivadas del trabajo, como el salario mensual por actividades laborales).

Es importante saber cómo hacer la declaración de renta 2023 para cumplir con las fechas establecidas por el SII; en ese sentido, en Gestión te detallamos las cosas más importantes sobre este procedimiento que comenzó el 1 de abril y que ya concluyó su primera etapa, pero continuará durante las próximas semanas.

¿CUÁNDO TRAMITAR MI DECLARACIÓN A LA RENTA 2023 EN SII?

El pasado 1 abril comenzó el periodo para efectuar la Operación Renta 2023, periodo en que contribuyentes (personas naturales o empresas) deben declarar sus ingresos obtenidos en 2022. Este trámite se debe realizar en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) y hay plazo hasta el 10 de mayo para efectuarlo. Según la situación tributaria de la persona, se recibirá una devolución, o se deberá pagar impuestos.

Como mencionamos líneas arriba, el 8 de abril culminó el primer plazo para la realización de la declaración de renta, por lo tanto, quienes la hayan hecho hasta esta fecha, serán los primeros en recibir su devolución de impuestos, según corresponda.

Fechas para hacer la Operación Renta

El Servicio de Impuestos Internos estableció las siguientes fechas de declaración de renta:

  • Declaraciones del 1 al 8 de abril
  • Declaraciones del 9 al 27 de abril
  • Declaraciones del 28 de abril al 10 de mayo
Cronogramada de la Operación Renta 2023 en Chile (Foto: Gob.cl)
Cronogramada de la Operación Renta 2023 en Chile (Foto: Gob.cl)

CALENDARIO OPERACIÓN RENTA 2023

Desde - hastaDepósitoCheque
1 al 8 de abrilJueves 20 de abrilMartes 30 de mayo
9 al 27 de abrilLunes 15 de mayoMartes 30 de mayo
28 de abril al 10 de mayoLunes 29 de mayoMartes 30 de mayo
Formulario 22 con pago6 de abril al 2 de mayo6 de abril al 2 de mayo

Otros vencimientos

ReemplazosJueves 27 de abril
PECViernes 28 de abril
PELMartes 2 de mayo

¿CÓMO DECLARAR RENTA EN SII 2023?

Para hacer la declaración de renta 2023 en el SII existe la modalidad online y presencial.

Declaración de renta online

La declaración de renta online se puede realizar en el realizando los siguientes pasos:

  • Ingresar a .
  • Seleccionar “Declaración de renta”.
  • Hacer clic en “Declarar renta (F22)”.
  • Escribir el RUT y la clave: en caso de no estar registrada o registrado, será necesario crear una cuenta, además es posible ingresar con la ClaveÚnica.
  • Seleccionar el año tributario a declarar: recuerda que las rentas percibidas durante el año 2022 corresponden al año tributario 2023.
  • Si la información del contribuyente a declarar es correcta y no debe ser modificada, hacer clic en “Continuar”.
  • Verificar la información o completar el formulario si es necesario y hacer clic en “Enviar”. Recordar guardar una copia o imprimir el documento como respaldo.

Declaración de renta presencial

En caso de preferir realizar la declaración de renta 2023 de forma presencial, los pasos a seguir son los siguientes:

  • Reunir los antecedentes requeridos.
  • Dirigirse a una oficina del Servicio de Impuestos Internos (SII).
  • Explicar el motivo de la asistencia a la oficina: llevar a cabo la declaración de impuesto a la renta.
  • Al terminar los pasos indicados en ambos casos, se habrá realizado el trámite de declaración de renta.
  • En caso de que corresponda, los impuestos deben ser pagados en bancos o instituciones recaudadoras autorizadas para poder finalizar el proceso.
La Operación Renta 2023 se puede hacer online y presencial (Foto: Gob.cl)
La Operación Renta 2023 se puede hacer online y presencial (Foto: Gob.cl)

¿CUÁNDO SE HARÁ EFECTIVA LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS?

El SII estableció las siguientes fechas de los eventuales depósitos correspondientes a las devoluciones de impuestos:

  • Declaraciones del 1 al 8 de abril, el depósito será el jueves 20 de abril.
  • Declaraciones del 9 al 27 de abril, el depósito será el lunes 15 de mayo.
  • Declaraciones del 28 de abril al 10 de mayo, el depósito será el lunes 29 de mayo.

Eso sí, en caso de preferir la opción de pago mediante cheque, la devolución se concretará el martes 30 de mayo, sin importar la fecha en que se haya realizado la declaración de renta.

En cuanto a las posibles devoluciones asociadas a excedentes por los préstamos solidarios de 2020 y 2021, se fijó el siguiente calendario:

  • Declaraciones del 1 al 20 de abril, el depósito será el 17 de mayo.
  • Declaraciones del 21 al 28 de abril, el depósito será el 23 de mayo.
  • Declaraciones del 28 de abril al 10 de mayo, el depósito será el 29 de mayo.

¿CUÁLES SON LAS FORMAS DE PAGO DE LA DEVOLUCIÓN DE IMPUESTOS?

A quienes les corresponda recibir una devolución de impuestos, podrán obtener el pago mediante dos formas, según prefieran: a través de depósito en la cuenta corriente, de ahorro a plazo, a la vista o CuentaRUT; o mediante cheque enviado al domicilio.

Las fechas de pago de dicho dinero dependerán del día en que se declaró la renta y de la forma de pago escogida.

Si ingresó los datos de su cuenta corriente, de ahorro o la vista con algún error, podrá cobrar su devolución en las cajas de las sucursales de BancoEstado Express y en BancoEstado.

¿QUIÉNES DEBEN DECLARAR SU RENTA?

Las personas que deben realizar la declaración de renta son todas aquellas que durante 2022:

  • Tuvieron un ingreso anual superior a los $9.907.434 (excepto a que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
  • Tuvieron más de un empleador.
  • Trabajaron a honorarios y quieren optar a la cobertura parcial para sus cotizaciones previsionales.
  • Realizaron el segundo retiro del 10% de AFP y tienen un ingreso tributable superior a 30 UTA ($22.016.520).
  • Solicitaron el Préstamo Solidario en 2020 y/o 2021.
  • También pueden declarar quienes deseen acceder a algún beneficio o crédito tributario, como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios, por ejemplo.
  • En el caso de las empresas, todas tienen que presentar su declaración de renta.

¿QUÉ PASA SI NO HAGO LA DECLARACIÓN DE RENTA?

El Servicio de Impuestos Internos informó que las personas que no ejecuten su declaración de renta y estaban obligados a hacer el trámite, serán citadas a las unidades SII. También recibirán una anotación tributaria en los registros del SII como “no declarante F22″, la cual les impedirá efectuar algunos trámites el Servicio.

JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES CON LA DECLARACIÓN DE RENTA 2023

Si realizaste inversiones, gastos y/o desembolsos durante el año comercial 2022, estas deben estar respaldadas por todos los ingresos informados por ti y por tus agentes retenedores al Servicio de Impuestos Internos (SII). Recuerda revisar que la información proporcionada por terceros sea la correcta:

  • Entre las inversiones se encuentran las compras de vehículos nuevos y/o usados, bienes raíces, acciones, moneda extranjera, inversiones en fondos mutuos, entre otras.
  • Entre los gastos y desembolsos se consideran los arriendos de bienes raíces, pago de dividendos, usufructo de bienes raíces, donaciones, entre otros.
  • Para revisar la información disponible en el Servicio

Considera que la obtención de rentas por hijos o hijas menores de edad, debe ser declarada por el padre o madre en su Declaración de Renta, incorporando la información en el Formulario 22, en el código correspondiente.

Si tus ingresos no son concordantes con tus inversiones, gastos y/o desembolsos tendrás que demostrar la disponibilidad de los fondos con los cuales las realizaste.

¿CUÁNDO SE HACE LA DECLARACIÓN DE RENTA 2023?

El plazo para hacer la declaración de renta 2023 comenzó el pasado 1 de abril y se extiende hasta el 10 de mayo del presente año. Es importante recordar que para la Operación Renta 2023 el 20 de abril a todas las personas que hayan realizado su declaración hasta el 8 del mismo mes.

Quienes lleven a cabo su declaración de renta desde el 9 al 27 de abril, la devolución de impuestos se llevará a cabo el 15 de mayo. Si realizas el proceso de declaración de ingresos desde el 28 de abril al 10 de mayo, la fecha del depósito es el 29 de mayo.

En caso de que el medio de pago corresponda a un cheque, la devolución se realizará el 30 de mayo para todas las personas que hayan realizado su declaración en cualquiera de los periodos mencionados anteriormente.

¿QUÉ PASA SI NO HAGO LA DECLARACIÓN DE RENTA?

El Servicio de Impuestos Internos informó que las personas que no ejecuten su declaración de renta y estaban obligados a hacer el trámite, serán citadas a las unidades SII. También recibirán una anotación tributaria en los registros del SII como “no declarante F22″, la cual les impedirá efectuar algunos trámites el Servicio.

¿CUÁLES SON LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS PARA LA DECLARACIÓN DE RENTA?

  • Crédito por gastos en educación. Permite acceder a una rebaja de impuestos a pagar de hasta $154.488 (4,4 UF) en la Declaración de Renta, por cada hijo o hija que se encuentre estudiando, a excepción de alumnos de la educación superior.
  • Rebaja de intereses por dividendos hipotecarios. Permite una rebaja en la renta bruta imponible anual, de acuerdo a los intereses pagados por créditos con garantía hipotecaria, que se hayan destinado a construir o adquirir una o más viviendas, sean nuevas o usadas, o en créditos destinados a pagar dichos gastos. El monto de la rebaja dependerá de la renta bruta anual, con un tope de $5.871.072 (8 UTA).

¿QUÉ ES EL PAGO DE PRÉSTAMO SOLIDARIO?

Si solicitó el Préstamo Solidario en 2020 o 2021, o el Beneficio Especial para Independientes 2020, en la Operación Renta 2023 deberá pagar la cuota que corresponda:

  • Préstamos Solidario 2021: primera cuota correspondiente al 10% del monto solicitado reajustado según el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
  • Préstamo Solidario 2020: segunda cuota correspondiente al 30% del monto solicitado reajustado según el IPC.
  • Beneficio Especial para Independientes 2020: segunda cuota correspondiente al 30% del monto solicitado reajustado según el IPC.

¿QUÉ DEBE HACER UN CONTRIBUYENTE QUE PESENTA DOS DECLARACIONES DE IMPUESTO A LA RENTA POR EL MISMO AÑO TRIBUTARIO?

Si un contribuyente presenta dos Declaraciones de Impuesto Anual a la Renta por el mismo año tributario, lo que debe hacer es concurrir a la correspondiente a su domicilio comercial y rectificar la declaración de renta y así dejarlas refundidas en una sola. Para mayor información relativa a este tema visite el sitio web del SII, sección Servicios online, , menú Ayudas.

¿HASTA CUÁNDO PUEDE SER PAGADA POR INTERNET UNA DECLARACIÓN DE RENTA MEDIANTE LA MODALIDAD DE PAGO ELECTRÓNICO DE CUENTAS-PEC?

Para pagar por Internet una Declaración de Renta mediante la modalidad de Pago Electrónico de Cuentas-PEC (con mandato), éste se puede efectuar hasta el 27 de abril del 2023. Puede obtener mayor información relativa a este tema en el sitio web del SII, sección Servicios Online, menú Declaración de Renta, opción

¿QUÉ CONTRIBUYENTES PUDIERON RECIBIR EL ANTICIPIO DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTO A LA RENTA?

Los contribuyentes del Impuesto Global Complementario pudieron percibir un anticipo de la devolución de Impuesto a la Renta que les pudo corresponder por el año tributario 2010, el que fue pagado en septiembre de 2009, con los requisitos que se detallan a continuación:

  • Que en el año tributario 2009 les haya correspondido devolución y que hayan presentado ese año su declaración anual de impuestos.
  • Que lo soliciten por medios electrónicos con anterioridad al 15 de septiembre de 2009, en la forma y plazo que establecerá el SII. mediante resolución.

¿CUÁL ES EL PORCENTAJE DE REAJUSTE DE UNA DECLARACIÓN DE RENTA CON PAGO, EFECTUADA DENTRO DEL PLAZO LEGAL?

Debe ser reajustado según la Variación del Índice de Precios de Consumidor (VIPC) comprendida entre el mes de noviembre del año que se declara y el mes de marzo del año tributario respectivo, porcentaje que el Servicio de Impuestos Internos lo comunica en su sitio web , sección Normativa y Legislación, menú Circulares. Puede obtener mayor información relativa al tema en el sitio web del SII, menú Normativa y legislación, opción Circulares 2023, donde encuentra la

¿CÓMO SE DETERMINÓ EL MONTO DEL ANTICIPO DE LA DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA?

El anticipo de la devolución del impuesto a la renta fue equivalente al 50% de la tercera parte de la suma de las devoluciones del saldo a que se refiere el artículo 97 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, a que tenga o haya tenido derecho por los años tributarios 2007, 2008 y 2009.

Para estos efectos, las devoluciones se convertirán a Unidades Tributarias Mensuales (UTM), considerando el valor de la unidad correspondiente a marzo del año tributario respectivo, y reconvirtiéndolas a pesos, considerando el valor de la unidad tributaria de agosto de 2009.

El anticipo procederá si el monto resultante, conforme al procedimiento antes señalado, fuese una suma igual o superior a $20.000 con un tope de $250.000 por cada contribuyente.

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