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Suspensión perfecta laboral | Coronavirus en Perú | Tras la ampliación del estado de emergencia nacional hasta el domingo 26 de abril, el Gobierno de Martín Vizcarra viene tomando diversas medidas para frenar el golpe económico de los hogares peruanos a consecuencia del asilamiento social obligatorio para evitar la propagación del coronavirus (COVID-19) en el territorio nacional. En ese sentido, además de los bonos para las familias de pobreza y pobreza extrema, el Jefe de Estado anunció nuevas medidas para el sector laboral.

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En conferencia de prensa del lunes 13 de abril, la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, explicó que para aliviar la economía de las empresas peruanas, que en su mayoría paralizaron sus actividades por la pandemia del , el Gobierno aprobó en Consejo de Ministros la modalidad de la hasta por tres meses. Es decir, las compañías nacionales que se acojan a este instrumento podrán dar licencia sin goce de haberes a sus empleados por un tiempo determinado.

Esta medida establece que los empleadores que no puedan implementar la modalidad de trabajo remoto o aplicar la licencia con goce de haber, por la naturaleza de sus actividades o por el nivel de afectación económica, puedan optar por la exponiendo los motivos que la sustentan.

La , de carácter económico y financiero, para mitigar los efectos económicos causados a los trabajadores y empleadores del sector privado, así como preservar los empleos de los trabajadores.

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SUSPENSIÓN PERFECTA LABORAL: ¿QUÉ TRABAJADORES RECIBIRÁN EL SUBSIDIO DE 760 SOLES?

La, que se aplica en caso fortuito (por acción de la naturaleza) o de fuerza mayor (por acción del hombre), puede regir a un grupo de trabajadores como a toda la planilla, en función a las razones que imposibiliten la continuación de la operatividad de la empresa, según establece la norma.

En esa línea, el Gobierno peruano comunicó que los trabajadores que sean comprendidos en esta modalidad podrán de su fondo previsional administrado por las Administradoras de Fondo de Pensiones (AFP), además de acceder a parte de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), pero ¿qué pasará con los empleados que por ser parte del régimen de la no reciben esta última compensación?

Por la naturaleza de su régimen laboral, los empleados de no reciben una compensación por tiempo de servicios, por esa razón, el Gobierno anunció para este grupo una subvención de durante el periodo de emergencia, siempre y cuando se haya recibido la licencia sin goce de haberes. Además, los beneficiarios no deben percibir más de S/ 2.400 mensuales.

El Gobierno anunció una serie de medidas para que las empresas puedan sobrevivir al estado de emergencia nacional y los trabajadores conservar sus empleos (Foto: Andina)
El Gobierno anunció una serie de medidas para que las empresas puedan sobrevivir al estado de emergencia nacional y los trabajadores conservar sus empleos (Foto: Andina)

En conferencia de prensa, la ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, Sylvia Cáceres, explicó que la naturaleza de esta prestación es excepcional y que solo está previsto para los tres meses de la .

También, enfatizó que la implementación de la suspensión perfecta de labores no desprotege a los trabajadores. Asimismo, aseguró que el vigilará que este proceso se realice apropiadamente, con criterios de equidad y justicia.

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¿CÓMO SOLICITAR EL SUBSIDIO DE 760 SOLES PARA MYPES POR SUSPENSIÓN PERFECTA LABORAL?

El martes 14 de abril se publicó en el Diario Oficial El Peruano el Decreto de Urgencia Nº 038-2020, que autoriza excepcionalmente a los empleadores a solicitar la de sus trabajadores. Es por ello que se crea un subsidio para .

De esta forma, para los trabajadores que se encuentren en una suspensión perfecta de labores que pertenezcan al régimen laboral de y cuya remuneración bruta sea de hasta 2,400 soles, se crea la “Prestación Económica de Protección Social de Emergencia ante la Pandemia del Coronavirus COVID-19” o subsidio.

  • Este bono es otorgado por el Seguro Social del Salud hasta por un monto máximo de por cada mes calendario vencido que dure la correspondiente medida de suspensión perfecta de labores, hasta por un periodo máximo de tres meses.
  • Asimismo, se establece que se otorga a solicitud de los trabajadores vía la plataforma web que el Seguro Social de Salud EsSalud implementa para tal fin.
  • Para la aplicación de dicha medida el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo remite, a través de los medios informáticos correspondientes, la información que corresponda sobre las suspensiones perfectas de labores aprobadas.
  • En la solicitud que presenten los trabajadores, se debe ingresar un Código de Cuenta Interbancario (CCI) que corresponda a una cuenta válida y activa en moneda nacional, no pudiendo corresponder a una cuenta de Compensación por Tiempo de Servicios.
La aplicación de la suspensión perfecta de labores no deja desprotegidos a los trabajadores de la microempresa (Foto: Andina)
La aplicación de la suspensión perfecta de labores no deja desprotegidos a los trabajadores de la microempresa (Foto: Andina)
MIRA: ¿Cómo solicitar retiro de AFP en caso de suspensión perfecta laboral?

SEGURO SOCIAL

Cabe recordar que durante el tiempo de (máximo de tres meses), los trabajadores seguirán contando con su seguro de salud que brinda Essalud, tanto para él como para sus familiares, aun cuando no cuenten con los cinco meses de aporte mínimo que establece la ley.

El financiamiento estará a cargo de los recursos que transferirá el Ministerio de Economía y Finanzas hasta por 92 millones 962,601 soles.

MIRA: ¿Cómo aplicar la suspensión perfecta de labores y qué empresas pueden recurrir a esta modalidad?

¿QUÉ ES LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES?

Como muchas empresas ya no pueden pagar licencias con goce de haber por haber interrumpido sus fuentes de ingreso, han estado optando por suspender el contrato de sus sin darles una remuneración por un período máximo de 90 días. Esta figura laboral, que se aplica en caso fortuito (por acción de la naturaleza) o de fuerza mayor (por acción del hombre), se llama suspensión perfecta de labores.

explicó que esta medida puede regir sobre un grupo de trabajadores como a toda la planilla, en función a las razones que imposibiliten la continuación de la operatividad de la empresa, según establece la norma.

“La suspensión perfecta es una figura excepcional que comprende a las empresas que estén afrontando serias dificultades económicas, algo que tiene que acreditar, y que no puedan desarrollar el trabajo remoto”, acotó la ministra de Trabajo.

Previamente, la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (Confiep) había alcanzado una propuesta al Ministerio de Trabajo para que la suspensión perfecta de labores puede aplicarse hasta por 180 días; sin embargo, a la fecha, dicha cartera no ha indicado si rechazará o recogerá esta idea.

MIRA: LINK de cada página para cobrar el BONO 380, AFP, CTS y hacer otros trámites

¿CÓMO FUNCIONA LA SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES?

Una vez que el empleador solicita la suspensión perfecta de labores, el tiene un plazo de seis días para visitar las instalaciones de la empresa para evaluar si la aplicación de esta modalidad laboral se justifica. Eso sí, por la coyuntura actual, es probable que este plazo tome algo más de tiempo.

“Si no hizo bien su sustento, el MTPE ordena que los trabajadores regresen a sus puestos y se le paga todos los días que no trabajaron”, explicó José Balta, abogado del estudio Rodrigo, Elías & Medrano.

SI UNA EMPRESA INCURRE EN FRAUDE

En el caso de comprobarse que no se cumple con la declaración jurada y la verificación posterior, o existe afectación a la libertad sindical, la autoridad competente deja sin efecto la suspensión de labores.

Si existe fraude, el empleador deberá abonar las remuneraciones por el tiempo de suspensión transcurrido y, cuando corresponda, la reanudación inmediata de las labores. El periodo dejado de laborar es considerado como de trabajo efectivo para todo efecto legal.

“La solicitud de suspensión perfecta que presenten las empresas tienen que venir acompañada de una declaración jurada, una declaración por la cual el empleador declara bajo juramento que las razones por la cuales va la suspensión perfecta. Si las causas, las razones que se esgrimen en esa declaración jurada no fueran ciertas, el empleador está obligado a pagar desde el primer día de la suspensión las remuneraciones que le debe a los trabajadores y además será objeto de la sanción más drástica posible que la inspección de trabajo determinará a través de una multa por tratarse de una infracción muy grave”, explicó la ministra de Trabajo, Sylvia Cáceres, en una entrevista para Latina.

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