Las utilidades es uno de los pagos más esperados por los trabajadores, que ansian que las empresas donde laboran hayan generado ganancias netas para que puedan repartirlas. De haberlas, conoce desde cuándo deben empezar a depositar este beneficio.
La participación de las utilidades es un derecho reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, que tiene como objetivo que los trabajadores accedan a las utilidades netas (cuando las hubiera) que perciben las empresas que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría. Se trata de la distribución de un porcentaje de las ganancias netas (en caso las hubiera), luego de descontar inversiones e impuestos.
¿QUIÉNES RECIBEN LAS UTILIDADES?
Los trabajadores que reciben utilidades son aquellos que están en planilla y pertenecen a empresas que generan rentas de tercera categoría y tienen más de 20 empleados. Las microempresas acreditadas en el Registro Nacional de las Micro y Pequeñas Empresas, cabe subrayar, no están obligadas al reparto de utilidades a sus empleados.
¿CUÁNDO SE HARÁ EL PAGO DE LAS UTILIDADES ESTE 2023?
El pago de las utilidades se deberá realizar dentro de los 30 días de vencido el plazo para la presentación de la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta.
La Sunat emitió el cronograma de vencimiento para la declaración del 2022, que es entre el 24 de marzo y el 11 de abril de 2023. Por lo tanto, se estima que los pagos se harán, entre el 27 de marzo y el 11 de mayo, de acuerdo con el último número de RUC.
Si sabes el RUC de la empresa donde laboras puedes estimar -siempre y cuando tenga ganancias netas- cuándo te podría depositar (revisa el cronograma). Ejemplo: una empresa, cuyo número de RUC termina en 0 y su plazo para la declaración del Impuesto a la Renta venció el 24 de marzo, tiene como máximo hasta 23 de abril para depositar las utilidades a sus trabajadores. Si desea, lo puede hacer antes.
¿CÓMO DISTRIBUYEN LAS EMPRESAS LAS UTILIDADES?
La distribución de las utilidades depende de la industria a la que pertenezca la empresa donde trabajas. A continuación, el porcentaje de ganancias que deben repartir:
- Empresas pesqueras: 10%
- Empresas de telecomunicaciones: 10%
- Empresas industriales: 10%
- Empresas mineras: 8%
- Comercio y restaurantes: 8%
- Otras actividades: 5%
¿CÓMO SE CALCULA LA DISTRIBUCIÓN DE LAS UTILIDADES PARA LOS TRABAJADORES?
Lo que se reparte es un porcentaje que dependerá de la actividad de cada empresa. De ahí, la determinación del monto a distribuir se realiza de la siguiente forma:
- 50% en función de los días trabajados: se calculan en función a los días laborados durante el 2022. Ejemplo: si se determina que el día laboral genera 3 soles y tú trabajaste 180 días; se multiplica y esta parte de tus utilidades equivale a S/540.
- 50% en función a las remuneraciones percibidas por el trabajador: se divide la cantidad de dinero a repartir entre la suma del sueldo de todos los trabajadores, ese resultado se multiplica por todo lo que has ganado en el 2022. Ejemplo: si la división es 0.02 céntimos y tú has ganado 27 mil soles, se multiplican y esta parte de tus utilidades también equivale 540 soles.
- Se suman ambos cálculos y, de acuerdo con los ejemplos señalados, el resultado total de utilidades es de S/1,080.
MÁS INFORMACIÓN SOBRE UTILIDADES
¿QUÉ SON LAS UTILIDADES?
Las utilidades son un derecho establecido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, que permite a los trabajadores tener acceso a una porción de las ganancias netas obtenidas por el empleador como resultado de su gestión empresarial. Este derecho implica la distribución de un porcentaje de las ganancias netas, una vez descontadas las inversiones e impuestos correspondientes.
¿CÓMO SABER SI MI EMPRESA ME HA PAGADO EL MONTO CORRECTO DE LAS UTILIDADES?
El empleador deberá entregar una hoja de liquidación, que detalla el cálculo y la siguiente información:
- Nombre o razón social del empleador.
- Nombre completo del trabajador.
- Renta Anual de la empresa antes de impuestos.
- Número de días laborados por los trabajadores. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿CÓMO SE DETERMINA LA CANTIDAD DE TRABAJADORES DE UNA EMPRESA?
Para establecer si un empleador excede o no el número de trabajadores para el reparto de utilidades, se sumará el total de trabajadores que hubieran laborado para él en cada mes del ejercicio correspondiente y el resultado total se dividirá entre doce. Cuando en un mes varíe el número de trabajadores contratados por la empresa, se tomará en cuenta el número mayor, redondeando a la unidad superior siempre y cuando la fracción que resultara fuera igual o mayor a 0.5. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿HASTA CUÁNTOS SUELDOS PUEDO RECIBIR EN LAS UTILIDADES?
De acuerdo con el Decreto Legislativo 892, que regula el concepto de las utilidades, los trabajadores podrán recibir por concepto de utilidades como máximo 18 sueldos. En caso exista un remanente, éste deberá ser transferido por el empleador al FONDOEMPLEO, indica el abogado laboralista César Puntriano.
Si hubo un cambio de sueldo en el año laboral, deberá tomarse en cuenta el nuevo monto como referente para la aplicación de dicho beneficio laboral. MÁS DETALLES AQUÍ
¿CUÁLES SON LAS SANCIONES POR NO PAGAR UTILIDADES?
Es considerada una infracción grave en materia de relaciones de trabajo el no pagar u otorgar íntegra y oportunamente los beneficios laborales a los que tienen derecho los trabajadores.
En ese sentido, en una revisión laboral y determinación de incumplimiento, el inspector de trabajo podría aplicar una multa entre 1.57 UIT hasta 26.12 UIT, el cual se calculará en función del número de trabajadores que no hayan recibido su pago.
¿QUÉ PASA SI LA EMPRESA NO CUMPLE CON EL PAGO DE LAS UTILIDADES?
Si una empresa obtiene utilidades y no cumple con pagarte en el plazo determinado, puedes denunciar el hecho a Sunafil.
¿QUÉ DICE LA NORMA SOBRE LAS UTILIDADES Y LOS DÍAS LABORADOS?
De acuerdo con el con el artículo 4 del Decreto Supremo N°009-98-TR, se entenderán por días laborados, a aquellos en los cuales el trabajador cumpla efectivamente la jornada ordinaria de la empresa, así como las ausencias que deben ser consideradas como asistencias para todo efecto, por mandato legal expreso. Se entenderá, asimismo, por días laborados a los días de descanso pre y post natal de la trabajadora. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿QUÉ DÍAS DE DESCANSO SE TOMAN EN CUENTA PARA EL PAGO DE LAS UTILIDADES?
Para el cálculo de las utilidades, se toman en cuenta los días trabajados y aquellas ausencias consideradas como asistencias por mandato legal, entre las que se encuentran:
- Días de inasistencia debido al cierre de local por la comisión de infracciones tributarias. MÁS INFORMACIÓN AQUÍ.
¿SI SOY EXTRABAJADOR PUEDO COBRAR UTILIDADES?
Si eres extrabajador puedes cobrar utilidades. En este caso se calcula el monto, según los días que trabajaste, y la remuneración que recibiste durante el año que corresponde a las utilidades.
¿ME PUEDEN DEPOSITAR LAS UTILIDADES ANTES DEL INICIO DEL CRONOGRAMA DE VENCIMIENTO?
Aunque no están obligadas a hacerlo, muchas empresas prefieren depositar las utilidades antes del inicio del vencimiento del cronograma para la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta que comienza el 24 de marzo.
“Muchas empresas tienen la práctica de pagar antes porque pueden deducir ese gasto antes de presentar su declaración del impuesto a la renta de tercera categoría, en este caso correspondiente al ejercicio 2022″, comentó el abogado laboralista César Puntriano.
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¿CUÁNDO PAGAN LA CTS?
La Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio laboral intangible, que fue creado para atender contingencias que se originen, mientras busca un empleo, por empleo, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo. Sin embargo, en la actualidad es de libre disponibilidad hasta el 31 de diciembre. La CTS equivale, en promedio, a una remuneración anual, la cual debe ser depositada por el empleador a favor del trabajador en dos partes de 50% cada una.
- El primer depósito: debe hacerse hasta el 15 de mayo y, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo, abarca periodos de trabajo de noviembre a abril.
- El segundo desembolso: el plazo es hasta el 15 de noviembre y comprende de mayo a octubre.
¿CUÁNDO PAGAN LAS GRATIFICACIONES?
La gratificación es el derecho de los trabajadores a percibir una remuneración adicional por Fiestas Patrias, en el mes de julio y Navidad, en diciembre, de acuerdo con Ley 27735. La gratificación será el sueldo bruto más el 9% adicional del salario por concepto de EsSalud o 6.75% si es EPS.
- Primera gratificación: las empresas deben depositar antes del 15 de julio.
- Segunda gratificación: las empresas deben depositar antes del 15 de diciembre.