Los requisitos para la matrícula son la partida de nacimiento o el DNI del menor | Foto: GEC
Los requisitos para la matrícula son la partida de nacimiento o el DNI del menor | Foto: GEC
Sileña Cisneros

Después de la resaca de las fiestas de fin año, empieza el dolor de cabeza con los gastos escolares. Si tu hijo o hija está en un colegio privado, debes pagar la, pero ¿sabes los pagos que se deben hacer y cuáles no?

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El Ministerio de Educación ha anunciado que el inicio de clases será, como todos los años, en marzo, aunque aún está en debate el inicio de la presencialidad, debido a la aparición de ómicron, la nueva variante del COVID-19.

De todos modos, sea virtual o presencial, se debe realizar la matrícula del escolar y a continuación, te daremos los puntos que debes tener en consideración para que sepas qué está permitido y qué no, de acuerdo con el portal Identicole, del Ministerio de Educación.

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¿QUÉ COBROS ESTÁN PERMITIDOS EN UN COLEGIO PRIVADO?

Los cobros autorizados son los siguientes:

  • Cuota única de ingreso.
  • Derecho de matrícula.
  • Pensión de enseñanza.

NOTA: Si el colegio exige otro pago, asegúrate de que esté aprobado por la Dirección Regional de Educación o la UGEL, o hayan sido informados a los padres de familia y cuente con su consentimiento.

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FOTO 2 | Además, el monto de la matrícula nunca puede ser mayor a la pensión. Por otro lado, la pensión tampoco puede cobrarse por adelantado. (Foto: GEC)
FOTO 2 | Además, el monto de la matrícula nunca puede ser mayor a la pensión. Por otro lado, la pensión tampoco puede cobrarse por adelantado. (Foto: GEC)

¿QUÉ COSAS NO PUEDEN EXIGIRTE SI MATRICULAS A TU HIJO EN UN COLEGIO PARTICULAR?

De acuerdo con el portal Identicole del Minedu, no te pueden exigir lo siguiente:

  • Si el alumno cambia de colegio y luego regresa, al momento de la matrícula no deberá pagar una nueva cuota de ingreso. Esta se paga una sola vez.
  • El pago de la cuota por matrícula escolar en los colegios privados no puede superar el monto de la pensión de enseñanza.
  • No se puede exigir el pago de la pensión adelantada, a menos que sustituya el pago de una cuota de ingreso.
  • La matrícula no está condicionada a la compra de los útiles escolares en el colegio.
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¿QUÉ PASA SI NO PAGO ALGUNA CUOTA DE PENSIÓN DURANTE EL AÑO?

Si se retrasa en el pago de las cuotas del colegio, este puede retener los certificados correspondientes a períodos no pagados. Sin embargo, el colegio no puede, por ningún motivo, condicionar la evaluación de los alumnos ni la atención a los reclamos que hagan al pago de las pensiones. Tampoco puede usar medidas intimidatorias que atenten contra el desarrollo de las actividades educativas o la integridad de los alumnos.

¿QUÉ DEBO TENER EN CUENTA PARA ELEGIR UN COLEGIO?

Para elegir un colegio debes tener en cuenta lo siguiente:

  • Averigua si el colegio cuenta con las autorizaciones de funcionamiento pertinentes. Consulta .
  • Al realizar la búsqueda del colegio y al no encontrarlo en los registros del Ministerio de Educación, no dudes en reportarlo en “”.
  • Infórmate sobre tus deberes y derechos, así como los de sus hijos.
  • Reglamento interno y su propuesta pedagógica.
  • El monto de las pensiones, fechas de pago y posibles aumentos.