En las próximas semanas, los afiliados al Sistema Privado de Pensiones podrán acceder al retiro de hasta 17.200 soles (4UIT) de su fondo de pensiones, siempre y cuando no cuenten con acreditación de aportes por al menos 12 meses consecutivos hasta el 31 de octubre de 2020. Eso sí, previamente deberán enviar la solicitud a sus respectiva AFP.
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En ese sentido, muchos de los ciudadanos se preguntan cuándo podrán tener el dinero de sus aportaciones en sus manos. Primero, lo que debes saber es que los afiliados podrán presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial, y por única vez, dentro de los 90 días calendario posterior a la vigencia del reglamento de la presente ley.
De acuerdo con la Superintendencia, la norma entrará en vigencia el 9 de diciembre de 2020, a fin de facilitar la coordinación e intercambio de información entre las entidades competentes que permitirán que el proceso para los afiliados pueda ser seguro y rápido, pudiendo los afiliados presentar su solicitud hasta el 9 de marzo del 2021. Dicho esto, la SBS también detalló cuándo comenzará el pago de hasta 17.200 soles. Aquí los detalles.
CUÁNDO ME PAGARÁN LOS 17.200 SOLES
El superintendente adjunto de AFP de la SBS, Elio Sánchez, en conversación con la agencia Andina, estimó que los primeros depósitos por la Ley N° 31068 que faculta un retiro del ahorro previsional de hasta 17.200 soles, se podrían dar antes del 9 de enero del 2021.
Asimismo, la normativa establece que los registros de retiro inicien el 9 de diciembre, y de ahí el plazo para el primer retiro es hasta 30 días naturales. “La ley establece que desde que se hace la solicitud hay un plazo de 30 días para recibir la primera parte del dinero. Nosotros hemos establecido que sea un plazo máximo, es decir que puede ser antes”, manifestó Sánchez.
PROCEDIMIENTO PARA EL RETIRO DE 17.200 DE LA AFP
Con relación al plazo para los desembolsos, para el caso de los que soliciten hasta 4 UIT, se dispone el siguiente cronograma:
1. Primer desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día siguiente de presentada la solicitud ante la AFP.
2. Segundo desembolso de hasta 1 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día siguiente de efectuado el primer desembolso por la AFP.
3. Tercer desembolso por el remanente hasta 4 UIT: En un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde el día calendario siguiente de efectuado el segundo desembolso por la AFP.
Para los afiliados que solo pueden hacer un retiro excepcional facultativo de hasta 1 UIT, la norma dispone que la AFP realice la entrega en una sola armada en un plazo máximo de 30 días calendario.
Finalmente, en los próximos días la SBS publicará el apartado correspondiente a las solicitudes de retiro excepcional por salud (enfermedades oncológicas).