“Lo primero es no hacer daño"
Luis Solari de la Fuente
“Estamos hablando de un acto que cuestiona la plenitud moral para ejercer una buena práctica médica”.
‘Primun non nocere’ (que, traducido del latín, significa “lo primero es no hacer daño”) es la máxima por excelencia del ejercicio de la profesión médica.
No solo es aplicable al acto médico como tal, sino que alcanza íntegramente a la conducta profesional del médico. Por ejemplo, el caso de médicos jefes de servicio detectados en el Instituto Nacional de Salud del Niño (INSN) que salían del hospital público durante su jornada laboral para irse a trabajar a una clínica privada y regresaban luego al hospital público para “marcar” su salida.
¿Es solo un tema de incumplimiento de horarios, como indica el artículo 15 del Código de Ética y Deontología del Colegio Médico del Perú (CMP), que señala que “el médico debe ser respetuoso en el cumplimiento del horario establecido para la atención de sus pacientes tanto en el ámbito público como privado”? Obviamente, no.
La ausencia de un médico en un hospital durante su horario de trabajo pone en riesgo la salud y la vida de los pacientes a su cargo. ¡'Primun non nocere’!
Aun más allá de esas responsabilidades, estamos hablando de un acto intrínsecamente malo, que revela la escasez de sentido del bien y del mal, de lo bueno y lo malo por parte de los que lo han cometido y que cuestiona profundamente su indispensable plenitud moral para ejercer una buena práctica médica.
Fue la Contraloría General de la República (CGR) la que detectó e hizo la denuncia pública sobre los casos. ¿Y las autoridades directivas del hospital público y la clínica privada en donde se ejercía la ilícita dupleta laboral? ¿Nadie sabía? ¿Quién cubría al ausente en caso de ser requerido en el hospital público durante su ausencia?
Cuando se trata especialmente de cautelar la salud y la vida de las personas de menos ingresos, que tienen limitado el libre ejercicio del derecho a escoger el servicio de salud en el que se atienden, casos como el denunciado por la CGR requieren decisiones ejemplares de las autoridades a cargo.
No hace falta ser un sabio jurista para saber que el compadrazgo, la componenda, la complacencia, el falso espíritu de cuerpo, la falsa tolerancia, son enemigos declarados de la gestión pública. Algunas máximas de la sabiduría popular son muy útiles para al que le toque dirigir acciones en el que el futuro de las familias o las personas puede estar en riesgo por esas lacras citadas. Una me la enseñó una querida tía: “Con miel solo se cazan moscas”. Otra, de origen perdido: “Para cambiar las cosas que hacen las personas, hay que cambiar a las personas que hacen las cosas”. Sencillas, pero, en manos firmes, muy eficaces.
Ya es hora de volver a la verdadera solución. Las direcciones de hospitales, las jefaturas de departamentos y de los servicios deben obtenerse por concurso. Es tiempo de que la ministra de Salud, Rosa Gutiérrez, convoque a los organismos gremiales y al CMP para elaborar el reglamento correspondiente.
La importancia de la ética en la práctica médica
Virginia Baffigo
“De no haber sido por la contraloría, los autores de esta gravísima falta estarían aún en esta doble vida laboral agobiados, quizás, por el peso de su conciencia”.
Con frecuencia les pregunto a mis alumnos de posgrado en qué reside la diferencia entre los aspectos éticos, legales y morales de la gestión y no siempre se les hace fácil encontrarla, ya que no todos los temas éticos están recogidos en las normas legales, ni todas las normas legales tienen un contenido ético.
Una singularidad ocurre con la Ley 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública (‘el código’), que establece los principios, deberes y prohibiciones éticas que rigen para todos los servidores públicos. Es importante recordar que el ingreso a la función pública implica tener un conocimiento de dicho código y asumir el compromiso de su debido cumplimiento.
Conocer, por ejemplo, que entre los principios rectores se cuentan, sobre todo, la probidad, la justicia y la equidad.
Una de las prohibiciones éticas que establece el código es la de mantener conflictos de interés. Por lo pronto, dejar desatendidos a los pacientes del Instituto Nacional de Salud del Niño (INSN) por atender a los pacientes de una clínica privada es una clara muestra de un conflicto en el que todos pierden. Los usuarios de los servicios públicos, la imagen de la institución estatal e, inclusive, la de la institución privada que acoge a un profesional que presenta una clara incompatibilidad laboral.
Tal parece que los aspectos éticos son desplazados por los aspectos legales de la gestión pública. Al entrar a la página web del INSN se encuentra un enlace al Reglamento Interno de Trabajo (RIT), pero ninguno al código. ¿Por qué es importante esta mención? Porque bastaría con cumplir con el RIT y no tener denuncia alguna para que se perpetúe la mala práctica de la doble percepción en el mismo horario de trabajo. En uno de sus artículos el RIT establece que los servidores y funcionarios tienen la obligación de cumplir con los horarios establecidos, concurrir puntualmente y registrar personalmente su ingreso y salida de la institución. Todo esto se llevaba a cabo diligentemente... salvo que no había usuarios atendidos.
Es claro que el RIT no puede ser comprendido como un instrumento independiente del código, como también es crucial contar con los canales de denuncia correspondientes. A propósito, el código no solo responsabiliza a la más alta autoridad de la institución por la promoción de la cultura de probidad, sino también a los servidores públicos que, teniendo conocimiento de transgresiones, tienen la obligación de informar sobre estas. Desde luego, este artículo será letra muerta en tanto no haya disponibilidad de canales de denuncia anónimos, como ocurre en las empresas privadas.
Los invito a ingresar a appsalud.minsa.gob.pe/webdenuncias/index.aspx. En este portal las denuncias requieren identificación. ¿Cómo se puede fortalecer la cultura de probidad sin mecanismos que protejan la identidad de los denunciantes? De no haber sido por la Contraloría General de la República, los autores de esta gravísima falta estarían aún en esta doble vida laboral agobiados, quizás, por el peso de su conciencia.