Se establecieron restricciones de la circulación de vehículos de carga en la Carretera Central durante fiestas de fin de año, y de vehículos especiales y otros durante el año 2018, se informó hoy a través de una resolución directoral (N° 5690-2017-MTC/15) publicada en el diario oficial El Peruano.
Debido a que durante las fiestas de fin de año la Carretera Central experimenta un incremento sustancial en el flujo vehicular, generando mayor congestión que la habitual, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) priorizará en dichas fechas el transporte de personas, así como la adecuada transitabilidad y conectividad desde y hacia las principales ciudades del centro del país. Esta se trata de una medida temporal de gestión de tránsito, indica la resolución.
En este sentido, se restringirá la circulación de vehículos de carga de más de 3.5 toneladas de peso bruto vehicular en la Carretera Central durante fiestas de fin de año en el tramo comprendido desde el kilómetro 23 (Chaclacayo) hasta el kilómetro 145 (Centro Poblado Pucará) y viceversa, en las siguientes fechas y horarios: Sábado 30 de diciembre desde las 04:00 a.m. hasta las 08:00 p.m. Martes 2 de enero de 2018 desde las 10:00 a.m. hasta las 12:00 a.m.
Además, durante el año 2018 se restringirá la circulación de los vehículos en la Carretera Central en el tramo comprendido desde el km 23 (Chaclacayo) hasta el km 145 (Centro Poblado Pucará) y viceversa.
- Vehículos especiales de las categorías M, N y O con autorización temporal para la circulación. Vehículos especiales y vehículos que transportan mercancía especial de hasta 4 metros de ancho y de hasta 60 toneladas de carga. Circulan solo con autorización de PROVIAS NACIONAL y hasta un máximo de 50 vehículos por día (de lunes a viernes). Prohibida la circulación de estos vehículos de viernes a domingo.
- Vehículos especiales y vehículos que transportan mercancía especial con más de 4 metros de ancho o con más de 60 toneladas de carga. Circulan sólo con autorización de PROVIAS NACIONAL y hasta un máximo de 1 vehículo por día. (de lunes a viernes). Prohibida la circulación de estos vehículos de viernes a domingo.
El cumplimiento de las restricciones establecidas en la presente resolución, está a cargo de la Policía Nacional del Perú.
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