La Primera Sala Penal de Apelaciones declaró fundada la apelación presentada por las defensas de nueve árbitros implicados en el Caso Odebrecht, y revocó las órdenes de prisión preventiva dictadas contra ellos el 4 de noviembre. La medida contra ocho de estos abogados –acusados de favorecer a la constructora brasileña en laudos arbitrales con el Estado– fue cambiada por comparecencia restringida e impedimento de salida del país.
Fernando Cantuarias Salaverry, Humberto Abanto Verástegui, Marcos Espinoza Rimachi y Alfredo Zapata Velasco recuperarán su libertad luego de pagar S/100 mil impuestos como caución. La orden de captura nacional e internacional contra Mario Castillo Freyre, Ramiro Rivera Reyes y Franz Kundmüller Caminiti también se anulará luego de que efectúen el mismo depósito.
Pese a que la resolución considera que hay graves elementos en el caso de Alejandro Álvarez Pedroza, el Poder Judicial varió la prisión preventiva por detención domiciliaria en consideración a su avanzada edad.
El viernes pasado, el Poder Judicial había ordenado la liberación de Daniel Linares Prado, pero quedaba pendiente la medida restrictiva que se dictaría en su contra. Los investigados tendrán prohibida la comunicación con sus coimputados.
La sala sostiene que, si bien el monto cobrado por Cantuarias y Kundmüller por su participación en los arbitrajes era superior a lo que establece la tabla de honorarios del Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Lima, cuando se instaló el tribunal arbitral del proceso que tuvieron a cargo no hicieron ninguna referencia a dicho cuadro. Por ello, los honorarios se fijaron de acuerdo con las cuantías del proceso y la complejidad del caso. Los mismos argumentos se utilizaron en el caso de Alfredo Zapata.
Sobre las supuestas reuniones con Horacio Cánepa, los representantes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y de Odebrecht en un restaurante, la resolución señala que ese tipo de reuniones entre juristas y partes son lícitas. Por ello, señalan que los elementos de convicción no son suficientes para sustentar la prisión preventiva.
En el caso de Humberto Abanto y Ramiro Rivera Reyes, la sala considera que existen reveladores elementos de convicción respecto a presuntas irregularidades en el arbitraje de la carretera Interoceánica Norte en el que participaron. Pero falta esclarecer si parte del soborno que Odebrecht habría entregado a su colega Alejandro Álvarez Pedroza, a través de un funcionario del MTC, llegó a sus manos.
Considera que tampoco hay elementos suficientes para sostener que las variaciones en las pretensiones económicas de los imputados Castillo Freyre y Espinoza Rimachi encubrían el pago de sobornos.
–Graves elementos–
De otro lado, la sala declaró infundada la apelación de los imputados Randol Campos Flores, Luis Fernando Pebe Romero, Luis Felipe Pardo Narváez, Richard Martin Tirado y Weyden García Rojas. Ellos permanecerán en prisión preventiva por 18 meses.
En el caso de los tres primeros, la sala ha considerado que existen graves elementos de convicción para vincularlos con los delitos que se les atribuyen. Entre otros, da cuenta de la existencia de grabaciones con Horacio Cánepa –principal implicado en la repartición de sobornos para favorecer a la constructora brasileña– en las que estos hablan sobre las investigaciones y los presuntos pagos ilícitos.
Mientras, en los casos de Richard Martin y Weyden García se da cuenta de documentos que complementan la información proporcionada por los colaboradores eficaces.