La Comisión Permanente del Congreso aprobó este jueves, 4 de julio, en segunda votación el texto sustitutorio del dictamen que modifica la definición de organización criminal y obliga a que los allanamientos se realicen con presencia del involucrado y su abogado.
La norma fue aprobada con 12 votos a favor, 3 en contra y 9 abstenciones. El encargado de sustentarla fue el presidente de la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, Américo Gonza. Lo más resaltante del texto está que el allanamiento de las autoridades debe realizarse con presencia del investigado y de su abogado, y de no contar con este último, se le proporcionará uno de oficio.
Además, señala que se considerará como organización criminal a todo grupo “con compleja estructura desarrollada y mayor capacidad operativa”, conformado por tres o más personas que, de manera concertada y coordinada, se reparten roles para la comisión de delitos sancionados con más de seis años de cárcel.
También indica que la fiscalía no podrá solicitar al Poder Judicial el bloqueo e inmovilización de las cuentas bancarias vinculadas a ingresos pensionarios y o relacionadas con bienes y activos de partidos políticos.
El proyecto de ley 5981 modifica el Código Penal; el decreto legislativo 635; la Ley 30077, Ley contra el Crimen Organizado; y la Ley 27379, Ley de procedimiento para adoptar medidas excepcionales de limitación de derechos en investigaciones preliminares.
La iniciativa, que determina las características concurrentes para la tipicidad de una organización criminal, había sido aprobada en primera votación por el pleno del Parlamento el pasado 30 de mayo.