El Congreso publicó la ley que fue aprobada por insistencia y que obliga al Poder Ejecutivo que publique la agenda del Consejo de Ministros antes de cada sesión, y las actas aprobadas luego de cada sesión en el portal de Transparencia.
La ley 31802 publicada en el boletín de normas legales de El Peruano este sábado 24 de junio concluye el proceso con el cual se confirma la vigencia de la ley que el pleno aprobó en una de sus últimas sesiones de la segunda legislatura del periodo 2022-2023.
Los cambios se enfocan en el artículo 15 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, en la que ahora se establece que la agenda de la sesión del Consejo de Ministros se publica en el portal de Transparencia de la PCM antes de que se lleve a cabo.
Asimismo, se establece que los acuerdos tomados en el Gabinete constarán en un acta que se aprobará máximo en la siguiente sesión y se publicará en el portal de transparencia en un plazo de 24 horas luego de esta aprobación.
“Se exceptúa de publicación los asuntos de inteligencia, orden interno, seguridad nacional u otra información considerada secreta, confidencial o reservada, de acuerdo a la ley de la materia”, precisa la norma.
En caso estas disposiciones no se cumplan, la responsabilidad recaerá en el Presidente del Consejo de Ministros.
Cabe recordar que esta ley había sido aprobada previamente por el Parlamento pero fue observada por el Gobierno de Dina Boluarte, al considerar que el funcionamiento del Consejo de Ministros es competencia exclusiva del Ejecutivo, lo que incluye el manejo de las actas y agendas de sus sesiones.
A pesar de esto, la Comisión de Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y Modernización de la Gestión del Estado aprobó su dictamen por insistencia, ignorando las observaciones del Ejecutivo y posteriormente fue aprobada por insistencia en el pleno esta semana.
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