El Tribunal Constitucional (TC) admitió a trámite la demanda de contra la ley que permite a la presidenta de la República, Dina Boluarte, despachar de manera remota durante sus viajes al exterior. El pedido de inconstitucionalidad fue presentado por 34 legisladores.
El TC determinó que la demanda de inconstitucionalidad cumplió con los requisitos necesarios para ser admitida y evaluada.
El texto detalla que se cumplió en inicio con el requisito de tener más del 25% del número legal de congresistas en la demanda contra la Ley 31810, la cual modifica la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y habilita la posibilidad del despacho virtual remoto a la Presidencia de la República.
Asimismo, evaluaron que se cumplió con todos los requisitos establecidos en el Nuevo Código Procesal Constitucional.
“Los congresistas recurrentes sostienen que la solución que brinda la Ley 31810 a la situación particular del viaje al exterior del Presidente de la República en caso de ausencia de vicepresidentes, supone una desnaturalización de la norma constitucional, ya que se regula vía ley orgánica una cuestión que corresponde ser establecida en el artículo 115 de la Constitución”, precisaron en su auto de admisión los integrantes del TC.
Los legisladores que esperan anular la ley para que Dina Boluarte pueda seguir realizando viajes internacionales indican que este artículo de la Carta Magna es el que regula la encargatura del despacho presidencial y manifiesta expresamente los pasos a seguir en caso un jefe de Estado salga del país.
“Si se va a establecer un mecanismo distinto, debe modificarse dicha disposición de la norma fundamental”, es lo que reclaman según detalló el tribunal.
Tras esta decisión, el Tribunal Constitucional dispuso notificar al Congreso para que conteste en un plazo de 30 días hábiles y se apersone como parte del proceso.
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