El Instituto Nacional Penitenciario (INPE) informó que solo los integrantes de la Comisión Permanente están autorizados a realizar visitas a los penales del país en el ejercicio de sus funciones, luego de la disolución del Congreso.
“Los únicos congresistas facultados para realizar visitas en los establecimientos penitenciarios en el ejercicio de sus funciones son los que integran la Comisión Permanente del Congreso”, informó en su cuenta de Twitter.
El artículo 33 del Código de Ejecución Penal señala que el presidente de la República, los ministros, congresistas, jueces y fiscales, pueden entrar a todos los penales, en cumplimiento de su función, a cualquier día y hora.
La Comisión Permanente está integrada por los miembros de la Mesa Directiva y representantes de las distintas bancadas; en total, 27 personas. Esta instancia asume las funciones legislativas durante el receso parlamentario y tras la disolución del Congreso.
El artículo 45 del Reglamento Interno del Parlamento precisa que “la disolución del Congreso por el Presidente de la República en aplicación de la atribución que le concede el artículo 134 de la Constitución Política, no alcanza a la Comisión Permanente”.
Como se recuerda, el último lunes 30 de setiembre el presidente Martín Vizcarra anunció la disolución del Congreso y convocó elecciones legislativas para el 26 de enero del 2020, a fin elegir a los parlamentarios que completen el periodo constitucional del Parlamento disuelto.