El Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa 1 dispuso el 16 de enero el inicio de un proceso sancionador contra Christian Batallanos Quispe, candidato al Congreso con el N°3 por Victoria Nacional, por presuntamente haber entregado alimentos durante sus actividades de campaña.
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En la resolución N°00053-2021-JEE-AQP1/JNE, la referida entidad electoral indica que en dos grabaciones se observa cómo el postulante de la agrupación liderada por George Forsyth entrega pescado, fruta y cajas con víveres no identificados a la población.
“Se observa al candidato Christian Lenin Batallanos Quispe, en la vía pública, en la parte posterior de una camioneta Pick-up, y encima de la plataforma del vehículo, una caja de pescado ‘Jaba’ de donde el candidato entrega con sus propias manos 3 pescados a una pobladora, frente a él un acompañante quien también entrega a la misma pobladora una mano de plátanos, aproximadamente cinco plátanos”, se lee en el documento.
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“Se observa en la vía pública una gran cantidad de niños acompañados de adultos realizando fila, mientras una mujer reparte pequeñas cajas, (con contenido no identificado) a los pobladores”, agrega la resolución.
Según lo indicado, el candidato habría infringido el Artículo 8 del Reglamento de la Ley de Organizaciones Políticas que especifica como una conducta prohibida en la propaganda electoral la “entrega de dinero, regalos, dádivas, alimentos, medicinas, agua, materiales de construcción, enseres del hogar u otros bienes”.
“Disponer el inicio del procedimiento sancionador en contra del candidato en el orden N° 3, al cargo de congresista de la República, por el distrito electoral de Arequipa de la organización política Victoria Nacional, Christian Lenin Batallanos Quispe por la presunta comisión de la conducta prohibida prevista en el artículo 8, literal a, del Reglamento para la fiscalización y procedimiento sancionador contemplado en el artículo 42° de la Ley N.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas, sobre conducta prohibida en propaganda electoral”, se indica en la resolución.
La normativa señala que en caso el procedimiento sancionador determine la infracción, se impone una multa de hasta 30 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir S/ 132,000 al candidato y en caso reincida podrá ser excluido del proceso electoral.
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