El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 decidió esta mañana excluir del proceso electoral a César Acuña, candidato presidencial de Alianza para el Progreso (APP).
De acuerdo a la resolución del jurado, Acuña incumplió la vigente Ley de Partidos Políticos al regalar S/10.000 a comerciantes de un mercado de Chosica en febrero pasado. La sanción para esa falta es la exclusión del infractor.
El JEE Lima Centro 1 también tomó en cuenta otra denuncia contra César Acuña por haber ofrecido dinero, también en febrero de este año, a las personas que acudieron a un mitin de campaña en Piura.
“Se aprecia evidentemente que el candidato presidencial César Acuña Peralta incurrió en la conducta prohibida en el artículo 42 de la Ley de Organizaciones Políticas, toda vez que prometió y ofreció dinero en un acto proselitista de la alianza electoral Alianza para el Progreso del Perú”, indica el documento.
Añadió que “la conducta sancionable ya se consumó al momento de realizar la promesa u ofrecimiento; más aún cuando de los actuados se desprende que si se ha concretado la entrega del dinero”.
Finalmente, el jurado aclara que no es válido decir que César Acuña entregó el dinero como un acto humanitario –postura que su partido defiende–, pues “no es un ciudadano cualquiera, sino uno que ostenta una calidad especial y de relevancia en el proceso electoral”.
El presidente del JEE Lima Centro 1, Manuel Miranda, informó esta mañana que Alianza para el Progreso tiene tres días naturales (hasta el lunes) para apelar esta decisión ante el pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
Agregó que recién después de conocer la resolución del JNE, el Jurado Electoral Especial podrá “pronunciarse sobre la vigencia de la plancha” presidencial de APP; es decir, si es posible que Anel Townsend sea la candidata presidencial en vez de César Acuña.
Lee en este enlace la resolución del JEE Lima Centro 1.
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“Veo difícil que @CesarAcunaP repunte”, dice su asesor ►https://t.co/AyADc4QaMi pic.twitter.com/KsE3d73tMM— Política El Comercio (@Politica_ECpe) 4 de marzo de 2016