Un candidato presidencial (César Acuña) excluido a un mes de las elecciones generales y otros dos (Keiko Fujimori y Pedro Pablo Kuczynski) inmersos en pedidos de exclusión a poco más de dos semanas de los comicios. Ese podría ser el resumen del impacto que ha tenido la ley N° 30414 o Ley de Organizaciones Políticas, publicada el 17 de enero en plena campaña electoral. La confusión e incertidumbre que existió con los casos de Acuña y Julio Guzmán -retirado de la contienda por otros motivos- parecen aplazarse y hacer difuso el panorama electoral.
La ley N° 30414 realizó modificaciones a la otrora Ley de Partidos Políticos, incorporando un artículo -el número 42- que prohíbe a las organizaciones políticas en un proceso electoral “efectuar la entrega, promesa u ofrecimiento de dinero, regalos, dádivas u otros obsequios de naturaleza económica, de manera directa o a través de terceros, salvo aquellos que constituyan propaganda electoral…”. La norma permite al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) excluir a los candidatos infractores.
Considerando el panorama electoral, ¿fue prudente modificar la ley de partidos en pleno proceso hacia el 10 de abril? Gerardo Távara, secretario general de Transparencia, sostuvo que la norma no era conveniente, porque significaba un cambio en las reglas del juego cuando el proceso ya se había iniciado. Sin embargo, señaló que corresponde respetar la decisión del JNE de aplicarla.
Por su parte, el analista político Luis Nunes Bertoldo también cuestionó la publicación de la ley en plena campaña, pues ha confundido a los actores políticos y al electorado, que no sabrá bien si todos los candidatos de la cédula están compitiendo.
Responsabilidad inmediataEn diálogo con El Comercio, Távara y Nunes coincidieron también en señalar al Congreso de la República, presidido actualmente por Luis Iberico, como responsable inmediato de lo que sucede actualmente a raíz de la publicación de la ley. “En el texto de la norma no se incluyó un artículo que dijera cuál era el plazo de aplicación de la ley. Las leyes pueden incluir un artículo final que diga a partir de cuándo comienza a aplicarse”, comentó Távara.
Como se recuerda, la ley fue aprobada por el pleno del Congreso en octubre y en noviembre fue observada por el Poder Ejecutivo; sin embargo, se promulgó finalmente a insistencia del Parlamento el 17 de enero. “La responsabilidad reposa en un 90% en la Comisión de Constitución del Congreso que no hizo sus cosas a tiempo. Se discutieron durante casi 4 años las reformas electorales, pero ellos terminaron aprobando retazos: una norma por acá, otra para allá, tan mal dadas que en el ambiente electoral las hemos llamado las contrarreformas”, dijo Nunes.
La lección que quedaNo es una buena práctica en los procesos electorales introducir reglas nuevas o cambiarlas cuando el proceso ya empezó. Esa es la principal lección para las siguientes elecciones, consideró Távara. “Los organismos electorales, Transparencia, la Defensoría del Pueblo y el Consejo de la Prensa Peruana insistimos durante tres años, desde el 2012, en una serie de temas de reforma electoral que el Congreso fue dilatando hasta el último año. Ojalá que esa sea también una lección para el próximo Congreso”, acotó.
Por su parte, Nunes manifestó que a futuro se debería también modificar el cronograma electoral, convocando a elecciones incluso con mayor anticipación. Por ejemplo, la ley N° 30414 se publicó a solo tres días de la fecha programada para elecciones internas en los partidos.
Távara y Nunes señalaron además que faltó reglamentar la norma para no tener distintas interpretaciones.
El efecto en el electorLa confusión ha sido el principal efecto en el elector, según Nunes. “Espero que los organismos del sistema electoral, en los días que quedan, hagan una campaña de difusión sobre el voto electrónico y el voto informado”, manifestó.
Y aunque desde distintos sectores se ha criticado la exclusión de candidatos argumentando el respeto a la voluntad popular y señalando que las elecciones se decidan en las urnas y no en la mesa, el analista político sentenció que es necesario que la voluntad popular tenga concordancia con las leyes y esté sometida a la normatividad jurídica.
DatoEl Tribunal de Honor del Pacto Ético Electoral se pronunció a fines de enero sobre la ley señalando que “no se ha dado en el momento más oportuno”. Además, consideró que “contraviene, por su oportunidad y deficiencia técnica, las buenas prácticas electorales y no se condice con el Pacto Ético Electoral”.
TAMBIÉN PUEDES LEER:
Así van las encuestas a tres semanas de las elecciones ► https://t.co/veNvEubVwV pic.twitter.com/uBWXCDiVEs— El Comercio (@elcomercio) 21 de marzo de 2016