Mediante un comunicado, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia, que preside César San Martín, negó que haya emitido una resolución en contra del periodista Aldo Mariátegui cuando su caso había prescrito. Según la Corte Suprema, el mismo 3 de mayo, cuando las partes expusieron sus informes orales, los magistrados deliberaron y votaron la causa: ratificar el fallo condenatorio por difamación en perjuicio de Ramón Ramírez Erazo.
Ese mismo día, según el comunicando, la causa inició su trámite de redacción, revisión, subsanación y firmas. De tal manera, la secretaría notificó a la casilla de abogados defensores el 3 de setiembre, y el 5 de setiembre la causa fue derivada a la Mesa de Partes. “No existió irregularidad alguna de parte de los señores jueces supremos en la tramitación de la causa en cuestión”, dice el comunicado.
Enrique Ghersi, abogado de Mariátegui, señaló que el comunicado del tribunal, acredita que se ha violado el debido proceso en agravio de su patrocinado. “La sala reconoce que el 3 de mayo no había resolución y dice que el primer proyecto se redactó el 22 de mayo; es decir, con fecha posterior al 16 de mayo, en que la causa ya había prescrito. Que hayan votado el 3 no le consta a nadie: no se registró en el libro respectivo”, precisó.