La Defensoría del Pueblo respaldó hoy la denominada ley ‘stalker’, que permite por geolocalización ubicar a supuestos delincuentes a través de las llamadas que hicieron desde sus celulares, pero formuló algunas recomendaciones para su adecuada aplicación.
Este ente manifestó que es necesaria la destrucción de la información obtenida cuando esta haya sido dejada sin efecto por el Ministerio Público, o no haya sido convalidada por el Poder Judicial.
Esto, con el objetivo de salvaguardar la información que se encuentra dentro del ámbito del derecho a la privacidad de la persona afectada por la medida.
Asimismo, la Defensoría del Pueblo mencionó que se debería crear un mecanismo que garantice a ciudadanos que no están involucrados en los actos delictivos investigados, conocer que sus equipos han sido geolocalizados.
Por otro lado, agregó que la ley ‘stalker’, bien aplicada, puede ser una herramienta útil para combatir eficazmente delitos flagrantes de criminalidad común y organizada.
La Defensoría del Pueblo también defendió la norma, pues sustentó que el artículo 6° de esta medida autoriza únicamente el acceso a datos de localización o geolocalización de teléfonos móviles o dispositivos electrónicos, excluyéndose expresamente cualquier intervención de las telecomunicaciones.
“Es decir, la norma no autoriza a la Policía Nacional a interferir las comunicaciones o acceder al contenido de las mismas”, remarcó.
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Vicente Zeballos: “Luis Iberico debería agendar casos vinculados al Apra y al fujimorismo” ►http://t.co/aJVMmM6f1s pic.twitter.com/DYzdm7rTqE— Política El Comercio (@Politica_ECpe) agosto 5, 2015