El martes 25, la presidenta del Congreso, María del Carmen Alva, firmó la ley que refuerza los límites para la convocatoria a un referéndum de reforma constitucional, texto que había sido observado por el mandatario Pedro Castillo y luego aprobado por insistencia en el pleno del Parlamento.
Dicha ley -que lleva como número 31399- fue enviada ese mismo martes 25 al mediodía a Palacio de Gobierno para su publicación. Cinco días después, el domingo 30, la norma salió en la separata de normas legales del Diario Oficial El Peruano.
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Esta es la norma que fue enviada a Palacio el martes 25 a las 12:34 horas:
El texto enviado lleva las firmas de la titular del Congreso y de Enrique Wong (Podemos), segundo vicepresidente del Parlamento.
Tras su aprobación por insistencia, el Gobierno anunció que acudirá al Tribunal Constitucional (TC). El Consejo de Ministros reiteró que la norma “vulnera el derecho fundamental” de participación política de la ciudadanía “al restringir arbitrariamente” la realización del referéndum y condicionar que la consulta popular sea aprobada previamente por el Congreso, “lo cual sería abiertamente inconstitucional”.
La norma establece que cuando se trata de una reforma constitucional, el referéndum solo será procedente si se respeta el artículo 206 de la Constitución, es decir, que cuente con el respaldo de la mayoría del Parlamento.
El texto, aprobado por 72 votos a favor, 44 en contra y cero abstenciones, modifica la Ley de Derechos de Participación y Control Ciudadanos (26300).
El constitucionalista Alejandro Rospigliosi explicó a El Comercio que cuando una ley es aprobada por insistencia solo es enviada a Palacio para ser numerada. Pero se han presentado casos en que el Ejecutivo ha dilatado su publicación.
“Es una demora arbitraria [en este caso] porque lo que deberían hacer es ponerle número y mandarla a publicar en ‘El Peruano’”, dijo.