JEE declara improcedente intento de reelección del Alcalde de Cieneguilla

Burgomaestre Emilio Chávez Huaringa aún puede apelar la decisión del Jurado Electoral Especial para que su caso sea elevado a un plenario del Jurado Nacional de Elecciones
Emilio Chávez Huaringa

Por: Martín Hidalgo / Alexander VillarroelEl primer revés para los reeleccionistas. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Este 1 declaró improcedente la inscripción del actual alcalde de Cieneguilla, Emilio Chávez Huaringa, por contravenir la Ley 30305 que prohíbe la reelección inmediata.

“Teniendo en cuenta la norma constitucional y las consideraciones antes expuestas, se evidencia además que dicha candidatura para Alcalde para la Municipalidad de Distrital de Cieneguilla, se encuentra incursa en el supuesto descrito en el artículo 29, numeral 29.1 del Reglamento de Inscripción de Listas de Candidatos para Elecciones Municipales, Resolución N° 0082-2018-JNE, que señala la improcedencia por: '(…) incumplimiento de un requisito de ley no subsanable (…)'”, señala la resolución del órgano electoral.

Emilio Chávez

Esta decisión aún es apelable. Si aplican la ley y prohíben la candidatura, el alcalde puede apelar y el caso se eleva al pleno del Jurado Nacional de Elecciones, según explicaron fuentes del máximo ente electoral.

Además de Chávez Huaringa, otros cinco alcaldes distritales de Lima buscan la reelección. Se trata de Richard Soria (El Agustino), Javier Altamirano (San Juan de Miraflores), Hugo Ramos (Pachacámac), Leonor Chumbimune (Santa Anita) y Jhonel Leguía (Pueblo Libre).

La resolución contra la postulación de Chávez Huaringa no necesariamente se repetirá en todos los casos, según explicaron fuentes del JNE. “Los JEE son autónomos, por lo que tendrían opiniones distintas sobre la aplicación de la norma”, añadieron las fuentes.

El alcalde Emilio Chávez indicó a este Diario que su equipo legal venía preparando la apelación, y precisó que será respetuoso de la decisión final del JNE. “Respeto y acepto que hay una ley de no reelección pero la duda es si aplica a nosotros que ingresamos con otra ley o a los Alcaldes que ingresen ahora en el 2018”, dijo.

La Ley 30305 fue promulgada en el 2015 y prohíbe la reelección inmediata de los alcaldes y gobernadores regionales. A inicios del presente mes, el Tribunal Constitucional admitió a trámite la demanda presentada contra esta norma. Según el titular de este órgano, Ernesto Blume, esto recién se resolverá en unos 70 días hábiles.

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