El Quinto Juzgado Constitucional de Lima emitió un nuevo fallo respecto a la acción de amparo que Alan García presentó contra la megacomisión que investigó los presuntos hechos de corrupción durante su segundo mandato.
En la resolución, el juez Hugo Velásquez Zavaleta, quien firma la resolución, declaró nulos los informes finales aprobados por la megacomisión “en los extremos que imputen alguna responsabilidad penal y/o infracción constitucional al demandante, debido a que no ha sido citado correctamente”.
El magistrado determinó que el ex mandatario no fue citado correctamente, por lo que se afectó el debido proceso.
Según Erasmo Reyna, abogado de García, esto quiere decir que no procede ningún tipo de acusación constitucional contra el ex mandatario, como la recomendación de denuncia que la megacomisión hizo por el informe de los 'narcoindultos'.
La sentencia precisa que la demanda de amparo “se dirigió a los actos y el procedimiento que venía tramitando la megacomisión, la que, por la naturaleza del informe que emitiría, debía responder a estándares jurídicos, como el respeto del debido proceso”.
En ese sentido, “no corresponde a este juzgado emitir pronunciamiento sobre la actuación del pleno, el cual habría aprobado un primer informe en contra del actor [el de los 'narcoindultos'], sin tener en cuenta la sentencia dictada en el proceso, ya que solo se cuestionó la conducta de la megacomisión y no del Congreso en su conjunto”.
Debido a ello, indica que “corresponderá al Parlamento, en ejercicio de sus competencias, adoptar las acciones pertinentes y necesarias para que los extremos de los informes aprobados por la megacomisión, que se refieran exclusivamente al demandante, no sigan afectando los derechos del actor [García] y así evitar que recurra nuevamente a sede constitucional”.
Asimismo, el Quinto Juzgado Constitucional declaró el archivo definitivo del proceso.
Lee la resolución sobre el pedido de Alan García