La magistrada suprema dirimente Susana Castañeda Otsu decidió que la lideresa de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori, continúe en prisión preventiva, pero por 18 meses y no por los 36 meses que se le había impuesto en el marco del Caso Odebrecht. La jueza se sumó así a los tres magistrados que se pronunciaron en la misma línea y de esta manera se formó la resolución.
Keiko Fujimori permanece recluida en el Penal Anexo de Mujeres de Chorrillos, desde el 31 de octubre del 2018, fecha en la que el juez Richard Concepción Carhuancho ordenó la medida por 36 meses, al considerar que la excandidata presidencial podría obstruir la investigación por el presunto delito de lavado de activos que se le sigue.
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Al leer la resolución, la magistrada suprema sostuvo que a su consideración, 18 meses eran suficientes para que la fiscalía -que investiga a Fujimori Higuchi y otros por el Caso Odebrecht- concluya la investigación.
Castañeda también votó por el mismo plazo en los casos de Jaime Yoshiyama Tanaka, ex secretario general de Fuerza Popular; y Pier Figari, exasesor de Keiko Fujimori.
Computados los plazos desde que vienen cumpliendo prisión preventiva, en el caso de Fujimori Higuchi su carcelería vencerá el 30 de abril del 2020, para Figari Mendoza el 14 de mayo de 2020; y en el caso de Yoshiyama Tanaka concluirá el 10 de setiembre de 2020.
La imputación construida por la fiscalía se sustenta en la presunta recepción de dinero ilícito de parte de la empresa Odebrecht para su campaña electoral del 2011 e ingresos de dinero a través de “cócteles” y otras actividades proselitistas para su campaña presidencial del 2016.
-Anular prisión preventiva no era opción-
Al inicio de la audiencia, realizada la tarde de este jueves, la magistrada Susana Castañeda volvió a recordar que su voto no podría ser por anular la prisión preventiva y otorgarle la libertad a Fujimori Higuchi.
Indicó que ya había adelantado dicha posición, al sostener que no podría fallar por la libertad de la excongresista, puesto que cinco magistrados de la Sala Suprema Penal Permanente habían definido que ello no procede en este caso.
De los cinco jueces, tres de ellos votaron porque se reduzca de 36 a 18 meses la prisión preventiva de Fujimori Higuchi. Mientras que otros dos, porque continúen los 36 meses impuestos.
Mencionó que los jueces supremos Hugo Príncipe, Zavina Chávez y Jorge Castañeda consideraron que el peligro de fuga es más intenso que el peligro de obstaculización.
En cambio, los dos jueces supremos Iván Sequeiros e Iris Pacheco, sostuvieron que la intensidad de los peligros pueden ser igual o en algunos casos, el de obstaculización, puede ser de mayor intensidad.
Al respecto, la magistrada puntualizó que a su entender, en casos enmarcados bajo la Ley de Criminalidad Organizada y en atención a cada caso en particular, “deberá establecerse la intensidad de cada peligro”. Además, remarcó que, por razones de complejidad del proceso, el peligro de obstaculización podría ser de mayor intensidad que el de fuga.
—18 meses son suficientes—
Otra de las razones esgrimidas por la magistrada en su fallo, es que el Ministerio Público ya ha podido asegurar diversos medios de prueba en la investigación seguida contra Keiko Fujimori.
“Consideramos que es verdad que varias fuentes de prueba ya han sido asegurada pues los vouchers y recibos ya obran en poder de la Fiscalía”, afirmó.
Recordó que en este caso se han llevado diversos actos de investigación desde que se inició el caso en octubre de 2015 y concluyó en octubre del 2018, cuando se formalizó la investigación preparatoria.
Aseguró que 18 meses era un “plazo razonable” para que continúe realizando el aseguramiento de las fuentes personales de prueba.
Durante su intervención, la jueza hizo un llamado a los fiscales y jueces en general para que “tengan la diligencia debida” a fin de que realicen las investigaciones dentro de los plazos estimados, pues la prisión preventiva implica a personas privadas de su libertad.
“Con base a las razones expuestas es que comparto las posiciones de los jueces Principe Trujillo, Castañeda Espinoza y Chavez Mella en el sentido que el sentido del plazo de la prisión preventiva fijado para Fujimori Higuchi, Figari Mendoza debe ser de 18 meses y no de 36 meses“, dijo la magistrada.
Por tanto, anunció que su voto era porque se declare fundado en parte el recurso de casación excepcional interpuesto por la defensa de los imputados Fujimori Higuchi, Yoshiyama Tanaka y Figari Mendoza.
Con dicha decisión, la Sala Penal Permanente logró formar sentencia al obtener cuatro votos a favor de la reducción del plazo de la prisión preventiva.
Keiko Fujimori fue exprimera dama del Perú (1994-2000) cuando su padre, el expresidente Alberto Fujimori ejercía la presidencia de la República, se desempeñó como congresista (2006-2011) y fue ex candidata presidencial (campañas electorales 2011 y 2016).
La jueza Castañeda Otsu, coincidió con la posición de los tres jueces supremos que votaron porque se anule la prisión preventiva de Medía Lecca y se le imponga medidas de coerción personal de impedimento de salida del país por el plazo de 18 meses y comparecencia con restricciones con cinco reglas de conducta.
Mejía Lecca, quien abandonará la prisión en las próximas horas, deberá registrarse cada 30 días ante el juzgado y en el registro biométrico, tendrá prohibido comunicarse directa o indirectamente con testigos, investigados u otros órganos de prueba de la investigación que se sigue en su contra.
Prohibición de no ausentarse de su lugar de residencia sin previa autorización judicial, pues no valdrá la simple comunicación al juez, deberá asistir a todas las diligencias que se le convoque y tendrá que pagar una caución de S/100 mil soles en un plazo de 30 días naturales.
—El recurso constitucional—
Con este resultado en contra de los intereses de Keiko Fujimori, su abogada Guilliana Loza anunció que acudirán al Tribunal Constitucional (TC) en busca de justicia.
En declaraciones para El Comercio, Loza indicó que se trata del recurso de habeas corpus que ya interpuso Sachie Fujimori.
El 4 de julio último, la hermana de la excandidata presidencial interpuso un recurso de hábeas corpus buscando que el TC emita para la lideresa política una decisión similar que en el caso de los Humala-Heredia: la libertad.
Los argumentos planteados son similares a los que debatirá mañana la Corte Suprema: violación al derecho de presunción de inocencia, falta de fundamentación para vincular a Keiko Fujimori con el delito de lavado de activos, falta de sustento para argumentar obstrucción a la justicia, la falta de fundamento para indicar que conocía sobre la existencia de falsos aportantes, entre otros temas.
El caso será visto por los siete miembros del pleno del TC y quien asumirá la ponencia de una futura resolución será el magistrado Ernesto Blume. Aún falta determinar si este recurso es admitido o no a trámite.