Todo este montaje de acusaciones contra los partidos políticos y recientemente contra Keiko Fujimori y Fuerza Popular como organización criminal dedicada al lavado de activos tendría algún sentido si el origen de esos fondos fuera el narcotráfico o la usurpación de terrenos o la extorsión, y si, además, el acusado lo supiera o presumiera ese origen. Pero aquí estamos hablando de aportes entregados por empresas formales con fines electorales (y, en el peor de los casos, para tener acceso a tratos preferenciales), no de lavado de activos.
Los fiscales se aprovechan del hecho de que las modalidades de recepción y disposición de esos fondos son similares a las que se usan para el lavado de activos, y pasan por alto que en este caso su uso no obedece al propósito de lavar activos, sino a que las empresas, por diversos motivos, no quieren aparecer y los partidos tampoco quieren que aparezcan por razones de conveniencia electoral.
Es decir, el manejo de los aportes puede tener todas las formas externas del lavado de activos, pero el contenido y la finalidad son completamente distintos. No se están lavando fondos mal habidos, sino disfrazando el origen del dinero no porque sea ilícito, sino porque los aportantes no quieren figurar ni los partidos quieren que figuren. No debería ser así, por supuesto –debería haber transparencia–, pero así ha sido siempre.
Si los fiscales no entienden algo tan fácil de entender, y fuerzan la falacia del lavado de activos porque el aporte no declarado no era delito, es porque sus objetivos no son la verdad, sino la persecución política o el aura mediática.
Pues una cosa es dar una apariencia de origen legal a dineros originados en delitos graves y otra cosa es recibir dinero para financiar campañas políticas. Lo esencial no es solo que el lavador debe conocer o presumir el origen ilícito del dinero, sino que el lavador no se apropia del dinero, simplemente lo lava. Es decir, disimula o borra su origen ilegítimo, pero no se apropia de él. Le permite al delincuente mantener el fruto de sus delitos. En el caso de los aportes de campaña, el partido recibe el dinero en donación y se apropia de él, lo usa para ganar una elección. Es algo completamente distinto.
El Decreto Legislativo 1106 tipificaba el lavado de activos de la siguiente manera: “...el que adquiere, utiliza, guarda, administra, custodia, recibe, oculta o mantiene en su poder dinero, bienes, efectos o ganancias cuyo origen ilícito conoce o debía presumir, con la finalidad de evitar la identificación de su origen, su incautación o decomiso...”. Es decir, la finalidad del lavador no es apropiarse del dinero (para ganar una elección o lo que fuera), sino evitar la identificación de su origen, su incautación o decomiso. Nada que ver con los aportes de campaña.
En una democracia no se puede inventar un delito para destruir a la oposición política. Es cierto que Keiko Fujimori desarrolló una oposición vindicativa y no aprovechó su poder para convocar y construir propuestas, pero nada de eso es delito y se paga con el rechazo popular en las siguientes elecciones, no con la cárcel.