El exfiscal de la Nación Pedro Chávarry solicitó a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) que anule su decisión de destituirlo del Ministerio Público (MP), en el marco del proceso disciplinario que se le siguió por el caso Los Cuellos Blancos.
Chávarry Vallejos se presentó este jueves ante el pleno de la JNJ para cuestionar la medida de destitución que se le aplicó, el pasado 1 de febrero, como sanción.
Por unanimidad, la JNJ había concluido que el destituido fiscal supremo había incurrido en faltas “muy graves” en su comportamiento como máximo representante del Ministerio Público.
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Se cuestionaron sus vínculos con el exjuez supremo César Hinostroza y el empresario Antonio Camayo, investigados de la presunta organización criminal Los Cuellos Blancos del Puerto. Además, que había mentido sobre su reunión con personas de prensa para asegurar su designación como fiscal de la Nación, y su presunta intervención en el deslacrado de una oficina durante un allanamiento fiscal en el caso Keiko Fujimori.
Tras dejar al voto el recurso de reconsideración, el pleno de la JNJ tendrá 10 días hábiles para resolver el pedido. De confirmarse la destitución, se habrá agotado el proceso al interior de esta institución y la decisión de remover a Chávarry del Ministerio Público quedará firme.
Sobre los cargos que se le señalan, Chávarry Vallejos cuestionó que la resolución que lo destituye no expone las “razones fácticas (hechos) valederas” y no justifica una “sanción tan cruel” que traería abajo su carrera fiscal de 43 años.
El exfiscal de la Nación reiteró que la reunión con periodistas, organizada por Hinostroza y Camayo, fue para exponer su plan de modernizar a la fiscalía. Haber omitido dicha reunión, dijo, fue un hecho “intrascendente” que no afectó a ningún integrante de la fiscalía ni la imagen del Ministerio Público.
Además, ratificó su posición frente al allanamiento de sus oficinas por parte del fiscal José Domingo Pérez , indicando que “no fue legal” y que las personas que intervinieron en el deslacrado de una oficina han manifestado que él desconocía ello.
Finalmente, sostuvo que su proceso tiene vinculación con la voluntad del expresidente Martín Vizcarra, quien estaba en contra de que asumiera el cargo de fiscal de la Nación.
Pidió ante la JNJ no obviar las pruebas de descargos que presentó para su defensa.
“Se solicita en estricto acto de justicia se reconsidere la medida de destitución impuesta contra mi persona, esa medida extrema es injusta es ilegal lo cual reitero con intima convicción que no he incurrido en las supuestas conductas indebidas que se me han imputado y como faltas graves”, solicitó.
Siete agravios
El abogado Julio Rodríguez, defensa de Chávarry Vallejos, sostuvo que la JNJ incurrió en siete agravios al no fundamentar de fondo y forma la resolución que dispone la destitución de su patrocinado.
Entre sus cuestionamientos, el abogado sostuvo que no han invocado el “ne bis in idem” para todos los señalamientos en su contra. Por el contrario, que solo fue pedido para el caso del deslacrado, donde la fiscalía ya investigó la investigación contra Chávarry.
Por otro lado, alegó la indebida determinación de connotaciones morales y subjetivas establecidas por la JNJ, pues no han invocado elementos de convicción sobre la actitud de su patrocinado por haber omitido informar de su reunión con Camayo. “Pues la omisión no constituye una mentira, mentir y omitir, no es lo mismo”, afirmó Rodríguez.
La defensa de Chávarry agregó que, según las normas y la Ley de Carrera Fiscal, las consecuencias de la faltas éticas no son las sanciones disciplinarias.
También cuestionó que se sancionara usando “prueba indiciaria”, pues al haber prueba directa (declaraciones de los testigos que negaron la participación de Chávarry) prevalece esta última, pero la JNJ no la usó.
Sostuvo que en la resolución de la JNJ no se ha señalado, de manera directa, cómo terceras personas -como el exasesor del Congreso Edgar Sandoval- pudo haber interferido en el correcto funcionamiento del Ministerio Público.
Como quinto agravio, dijo Rodríguez, no se puede aplicar una sanción sobre “conjeturas” y no hubo una actividad de prueba por parte de la JNJ, pues no se valoró a los testigos.
Sostuvo que hubo vulneración al principio de inmediación (acercarse a los medios probatorios) y vulneración a la motivación de las resoluciones, pues las premisas que llevan a la sanción deben ser sustentadas claramente y no ser “conjeturas”.
“Todo esto lleva a la defensa a entender que no se ha cumplido con la debida motivación (…) por todas estas consideraciones la defensa entiende que la sanción de destitución tiene que ser dejada de lado y que se revoque la misma”, solicitó el abogado Rodríguez.