Uno de los subsidios más esperados en Colombia es el Bono de 500 mil pesos que se viene ofreciendo en el país cafetero a las personas más vulnerables del país. Es por ello que muchos se preguntan cuándo podrán cobrarlo. En esta nota responderemos a esta interrogante y brindaremos información adicional sobre Prosperidad Social, la oficina encargada de brindar subsidios a quienes más lo necesitan.
CUÁL ES LA FECHA LÍMITE PARA COBRAR EL BONO DE 500 MIL PESOS EN COLOMBIA
Según lo que se informan en algunos medios de comunicación, el Bono de 500 mil pesos en Colombia, el Gobierno de Gustavo Petro no se ha pronunciado al respecto sobre el pago del nuevo bono de 500 mil pesos sobre estos últimos meses del 2023.
Se debe recordar que la última fecha de pago fue el pasado 31 de diciembre de 2022, es por ello que se espera con muchas ansias el anuncio oficial sobre la entrega del nuevo beneficio económico para los hogares más vulnerables del país para que puedan enfrentar la crisis que vive el país en Colombia.
Es importante recordar que los beneficiarios de este programa son:
- Madres cabeza de hogar que tengan hijos menores de 6 años.
- Beneficiarios del Ingreso Solidario que pertenecen al grupo A del Sisbén IV.
- Nuevos hogares beneficiarios del Ingreso Solidario que no han percibido ayuda alguna.
- Beneficiarios de ‘Jóvenes en Acción’ que son madres con hijas menores de 6 años que cumplan con los requisitos del programa (hay cupo para 6500 personas).
QUÉ ES PROSPERIDAD SOCIAL
Prosperidad Social es el organismo del Gobierno Nacional que busca fijar políticas, planes generales, programas y proyectos para la asistencia, atención y reparación a las víctimas de la violencia, la inclusión social, la atención a grupos vulnerables y su reintegración social y económica en Colombia.
Prosperidad Social trabaja integralmente en la formulación y ejecución de políticas sociales, además de realizar la coordinación de la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y el Centro de Memoria Histórica.
La ley de 1448 de 2011, representó para el país un avance en términos de reconocimiento y dignificación de las víctimas a través de la materialización de sus derechos constitucionales, para lo cual el Gobierno Nacional en un marco de justicia transicional establece un conjunto de medidas judiciales, administrativas, sociales y económicas, individuales y colectivas, en beneficio de las víctimas de la violencia.
Para lograr este objetivo y con el fin de evitar duplicidad de funciones y garantizar la continuidad en el servicio, sin que ningún momento se afecte la atención a las víctimas, se decide transformar la Agencia Presidencial para la Acción Social y la Cooperación Internacional – Acción Social- en un Departamento Administrativo encargado de fijar las políticas, planes generales, programas y proyectos para la asistencia, atención y reparación a víctimas de la violencia, la inclusión social, atención a grupos vulnerables y la reintegración social y económica.
En este sentido se efectúa la transformación de -Acción Social-, dando paso a la creación del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, el cual tiene como reto principal avanzar en la superación de la pobreza, la inclusión de la población vulnerable y víctima de la violencia, y la consolidación de los territorios a través de la garantía de la presencia del Estado en una senda de prosperidad y reconciliación.
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