La pandemia del nuevo coronavirus sigue siendo la preocupación principal a nivel global. La tasa de contagiados y fallecidos sigue en aumento y el mundo se inclina a un repunte que lleva su propio ritmo en cada región. En El Perú para frenar el avance del COVID-19, se han dispuesto una serie de normas que están detallas en el Decreto Legislativo Nº 1458.
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Los ciudadanos que no cumplan con este marco normativo, recibirán una sanción económica que será aplicada por un integrante de la Policía Nacional del Perú (PNP). Las multas pueden ser desde desde los S/88.00 hasta los S/440.00, según el decreto legislativo.
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Aquellos ciudadanos que incumplan con la norma y reciban una multa, tendrán como plazo 5 días hábiles para hacer el depósito correspondiente en el Banco de la Nación (BN). No cancelar cualquiera de estas multas en el plazo establecido trae serias consecuencias.
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En caso que el ciudadano no se presente a pagar su multa, pasado el plazo, no podrá suscribir ningún tipo de contrato civil ni acto notarial. Tampoco podrá realizar trámites ante los bancos o la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp), ni se le permitirá viajar al exterior.
Desde no respetar un metro de distancia en lo supermercados hasta por no portar documentos o mascarilla en la vía pública. Estas normas han sido emitidas para procurar la disminución de contagios por COVID-19 en el Perú.
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Multas por no respetar las medidas contra el coronavirus en el Perú
- Ir a trabajar sin pase especial laboral, el cual acredita que realizas una actividad esencial (Decreto Supremo N° 044-2020-PCM). Multa: S/264,00
- Salir de casa durante el aislamiento social obligatorio, por motivos distintos a comprar víveres o medicinas, trasladar a un centro médico personas cuya vida corre peligro, atender las necesidades de tu perro bajo ciertas condiciones, acudir al banco para cobrar un subsidio económico por coronavirus, retornar a tu lugar de residencia habitual, o para una salida corta cerca de casa si eres una persona con autismo o debes acompañarla. Multa: S/220,00
- Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio. S/ 352,00
- Desobedecer la disposición de una persona por familia para adquirir víveres o productos farmacéuticos. Multa: S/220,00
- No respetar el metro de distancia obligatorio, o formar aglomeraciones en los mercados o supermercados cuya apertura está permitida. Multa: S/88,00
- Circular con vehículo particular por motivos diferentes a los permitidos por el Decreto Supremo 046-2020-PCM, y regulados por el Ministerio del Interior (Mininter) y el Ministerio de Defensa (Mindef). Multa: S/352,00
- Salir de casa durante la inmovilización social obligatoria. S/440,00
- Transitar la vía pública durante la inmovilización social obligatoria de los domingos (24 horas). Multa: S/396,00
- Desarrollar actividades económicas no previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM. Revisa las que sí tienes permitidas. Multa: S/308,00
- Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas, de aglomeración o concurrencia masiva/no masiva en la vía pública. Multa: S/396,00
- No portar documento de identidad al salir o negarte a identificarte si te lo exige un integrante de la PNP o de las Fuerzas Armadas. Multa: S/440,00
Recuerda que si, al ser intervenido, te comprometes a pagar totalmente la multa dentro de dos días hábiles, la infracción se reducirá en un 25%, según lo dispuesto por el Decreto Supremo 006-2020-IN.
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