Con el objetivo de garantizar el normal desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, se aplicará una de las medidas más comunes durante cualquier jornada electoral: la ley seca, que prohíbe el expendio o venta de bebidas alcohólicas.
A continuación te contamos todos los detalles de este importante tema de interés que genera muchas dudas en los ciudadanos.
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¿QUÉ SE SABE DE LA LEY SECA Y EN QUÉ CONSISTE?
La ley seca es una controvertida medida que se han aplicado en ciertos países durante la historia como antesala a eventos muy importantes tales como elecciones presidenciales, regionales o incluso, últimamente, la pandemia, entre otros.
Esta ley consiste en la ilegalización de la fabricación, transporte, importación, exportación y la venta de alcohol para su consumo.
Por motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) señala que la ley seca consiste en el cierre de los establecimientos o los espacios de los locales comerciales dedicados exclusivamente a dicho expendio en los distritos donde se desarrollará el proceso electoral.
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Además, es importante destacar que la ley seca puede generar algunos mercados negros, ya que, al ser prohibida la venta de alcohol, algunas personas pueden conseguirlas a expensas de la ley, vendiéndolo para satisfacer la necesidad a un precio más elevado, debido a que la demanda para consumir alcohol sigue siendo más alta que la oferta.
¿CUÁNDO EMPIEZA LA LEY SECA?
Desde las 08:00 horas del sábado 1 de octubre está prohibido el expendio o venta (no el consumo) de bebidas alcohólicas. La restricción se extiende hasta las 08:00 horas del lunes 3 de octubre, es decir, un día después de los comicios, según detalla el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones.
Liz Barrera, especialista de la Dirección de Fiscalización del JNE, precisó que los locales que se dedican exclusivamente a la venta de bebidas alcohólicas deben cerrar sus puertas durante las horas de la prohibición, como bares y licorerías. No obstante, cabe destacar que esta medida no alcanza a los supermercados o restaurantes, simplemente deberán suspender la venta de dicho producto.
¿CUÁL ES LA MULTA POR INCUMPLIR LA LEY SECA?
El artículo 390 de la misma norma señala que “aquellos que hagan funcionar establecimientos destinados exclusivamente a expendio de bebidas alcohólicas”, serán reprimidos con:
- Pena privativa de la libertad no mayor de seis meses
- Multa no menor de 3.075 soles
- Pena accesoria de inhabilitación por igual tiempo que el de la condena, que puede consistir en incapacitar al condenado para ejercer la función o labor que ejercía.
“La multa es de 3.075 soles y quienes la imponen son los gobiernos locales, que son los encargados de hacer efectivo este cobro”, precisó la vocera del JNE.
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¿QUÉ OTRAS RESTRICCIONES EXISTEN DURANTE LA JORNADA ELECTORAL?
El Jurado Nacional de Elecciones también recordó otras prohibiciones electorales:
- Difusión de propaganda política.
- Publicación de encuestas.
- Reuniones cerca de los locales de votación.
¿QUÉ ES UNA MULTA ELECTORAL Y EN QUÉ CASOS SE HACE EFECTIVA?
Esta modalidad es muy utilizada para sancionar a quienes no cumplen con la obligatoriedad de alguna función relacionada a un proceso electoral, ya sea presidencial o municipal.
En este caso puntual, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) es la entidad que resuelve la magnitud de la falta, y determina cuáles son los causales y motivos para aplicar una penalidad.
Para tal efecto, se considera multar a un ciudadano por no cumplir con participar de la jornada electoral como votante o miembro de mesa principal o secundario.
Detallemos cuáles son las razones consideradas como incumplimiento por el JNE:
- No asistir al local de votación asignado por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) para emitir el voto correspondiente.
- No asistir al local de votación asignado para cumplir con las funciones de ser miembro de las mesas de sufragio, ya sea como titular o suplente.
- No aceptar y/o abstenerse de suplir a algún miembro de mesa ausente.
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¿CUÁNTO VALEN LAS MULTAS ELECTORALES?
Los costos de la multa electoral dependerá de un esquema de clasificación distrital, el cual está basado en un estudio realizado por el Instituto Nacional de Estadísticas e Informática (INEI).
- Distritos clasificados como No Pobre | Multa de 92 soles
- Distritos clasificados como Pobre | Multa de 46 soles
- Distritos clasificados como Pobre Extremo | Multa de 23 soles
- Incumplimiento Miembro de Mesa / Negación Mesa Electoral | Multa de 230 soles
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