La Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) se paga semestralmente en los meses de mayo y noviembre de cada año y cada depósito equivale aproximadamente a medio sueldo, por lo que mediante un sencillo ejercicio usted puede calcular el monto exacto que recibirá.
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Tienen derecho al pago de la CTS todo aquel trabajador que haya laborado como mínimo cuatro horas diarias entre los meses de mayo y octubre, y que tenga como mínimo un mes completo de servicios.
Este beneficio laboral permite que los trabajadores tengan un fondo que puedan utilizar en caso dejen de trabajar en la empresa. Por esta razón este monto que se va acumulando no se puede retirar a menos que el trabajador haya acumulado el equivalente a cuatro sueldos.
¿QUIÉNES RECIBEN CTS?
- Los trabajadores del régimen privado que laboran en promedio, como mínimo, una jornada mínima diaria de cuatro horas.
- Los trabajadores de la pequeña empresa, pero a razón de 15 remuneraciones diarias por año completo de servicios con un máximo de 90 remuneraciones diarias.
- Los trabajadores de la microempresa no están comprendidos en el beneficio.
- En el caso de los trabajadores del régimen agrario, la CTS se encuentra incluida dentro de la remuneración diaria a razón del 9.72% del sueldo básico; sin embargo, el colaborador puede elegir que le sea abonada de manera diferenciada y semestral, como en el régimen laboral común.
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¿CUÁNDO PAGAN LA CTS?
La Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) es depositado a los trabajadores formales dos veces en el año:
- Dentro de los primeros 15 días de mayo (como máximo 15 de mayo)
- Dentro de los primeros 15 días de noviembre (como máximo 15 de noviembre)
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¿CÓMO CALCULAR MI CTS?
- Para saber cuánto es lo que recibirá por concepto de CTS, el portal Comparabien explica:
- Tome en cuenta su sueldo mensual y luego súmele 1/6 de su gratificación (divida su gratificación entre seis).
- Ese monto, divídalo entre 360 y luego multiplíquelo por los días laborados (para todo el semestre, serían 180).
Por ejemplo, calculemos el CTS con un sueldo básico de S/ 1,500:
- 1/6 de gratificación: S/ 250
- Sueldo básico más 1/6 de gratificación: S/ 1,500 + S/ 250 = S/ 1,750
- Sueldo más 1/6 de gratificación entre 360 días: 1,750/360 = 4.86
- Monto obtenido anteriormente por cantidad de días trabajados (si laboró un semestre completo, se multiplica por 180) = 4.86 * 180 = S/ 874.8
- Lo que recibirá de CTS sería S/ 874.8 aproximadamente.
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