Según la Ley N° 30036, el teletrabajo es el desempeño subordinado de labores sin la presencia física del trabajador. Es decir, el ‘teletrabajador’ mantiene una relación laboral de manera mediante el uso de medios informáticos con la empresa que lo contrata.
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El teletrabajo y el trabajo remoto comparten algunas similitudes, como la subordinación, prestación de servicios de manera no presencial y el uso de medios virtuales para cumplir con el trabajo.
Sin embargo, también existen ciertas diferencias. Según el artículo 16 del Decreto de Urgencia N°026-2020, para el trabajo remoto se necesita la presencia del trabajador en su domicilio o en aislamiento domiciliario.
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¿Qué cosa no permite el trabajo remoto?
Según el Decreto Supremo N°010-2020-TR, la jornada laboral de una persona que aplica el trabajo remoto no puede exceder las 8 horas diarias o 48 horas semanales. De lo contrario, el trabajador puede realizar una denuncia. Además, el trabajo remoto no permite algunos casos:
- Trabajadores contagiados de COVID-19.
- Trabajadores con descanso médico.
- Trabajadores cuyas labores no sean compatibles con el trabajo remoto.
- Personas en formación que se encuentren en el grupo de riesgo y cuyas funciones sean incompatibles con el trabajo remoto.
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¿Se deben pagar por horas extras?
La jornada laboral que se aplica durante este periodo es el mismo que se tenía pactado con el empleador antes de iniciar el trabajo remoto. Además, se puede pactar que el trabajador divida su jornada laboral en base a sus necesidades. Bajo ninguna circunstancia la jornada laboral del trabajador puede exceder las 8 horas diarias o 48 horas semanales. Se establece un plazo máximo de seis días a la semana.
No se podrán aplicar horas extras ni control de asistencia. Sí se pueden sancionar las faltas, pero estas responderán solo en relación a las normas establecidas como parte del Estado de Emergencia dictadas por el Gobierno.
¿Pueden obligarme a tomar vacaciones?
En este periodo, el trabajador y empleador deberán llegar a un acuerdo en relación a las vacaciones durante cuarentena. El acuerdo es necesario entre ambas partes, por lo que no existe una situación de vacaciones forzadas durante este periodo.
¿Cómo funcionará la compensación en las licencias con goce de haber?
En este caso, tanto el trabajador como el empleador deben definir cómo compensar las horas dejadas de laborar, ya sea con vacaciones pendientes, adelanto de vacaciones, horas de trabajo extra o reducción del sueldo.
De no llegar a un acuerdo, el trabajador solo podrá compensar su licencia con horas de trabajo. Sin embargo, también existe la posibilidad de que el empleador otorgue la licencia sin ningún tipo de compensación.
¿Podrán aplicar la suspensión perfecta de labores tras la cuarentena?
La suspensión perfecta de labores no puede durar hasta después de treinta días calendario luego de finalizar la Emergencia Sanitaria a nivel nacional. En caso no se cumpla con lo establecido por Sunafil o afecte la libertad sindical, la suspensión quedará sin efecto y se ordenará el pago de las remuneraciones en un plazo máximo de 48 horas.
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Existen algunas diferencias legales entre el teletrabajo y el trabajo remoto.
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