¿Qué hará Migraciones a los que hospeden o trasladen a extranjeros sin documentación?

Empresas de transporte interprovincial y hoteles podrían ser sancionadas si llevan u hospedan a extranjeros indocumentados,
¿Qué hará Migraciones a los que hospeden o trasladen a extranjeros sin documentación?

Luego que el pasado 10 de noviembre se termine el plazo para regularizar la situación migratoria de los ciudadanos extranjeros, varios migrantes ya no tendrán la posibilidad de solicitar el Permiso Temporal de Permanencia (), requisito indispensable para estar en el . Ante ello, impondrá multas a las empresas de transporte y hoteles que reciban a inmigrantes en sus establecimientos.

¿QUÉ SANCIÓN DARÁ MIGRACIONES A EMPRESAS DE TRANSPORTE Y HOTELES QUE RECIBAN EXTRANJEROS INDOCUMENTADOS?

El superintendente nacional de Migraciones, Armando García, dio a conocer que los medios de transporte interprovincial que reciban a personas indocumentadas, que no figuren en el sistema de Migraciones o que no tengan sus documentos de identidad en regla, serán debidamente multados. Mientras que los hospedajes que no pidan a los extranjero sus documentos validos, que los registren sin especificar la nacionalidad o que no brinden la información a Migraciones también serán sancionados.

“Así como a los ciudadanos peruanos se nos exige mostrar el DNI para subir a los buses interprovinciales; estas empresas también deben solicitar a las personas extranjeras que presenten su carné de extranjería, carné de permiso temporal de permanencia, pasaporte o Tarjeta Andina de Migración virtual”, sostuvo.

“Con estas modificaciones a la legislación migratoria estamos alineando la ley a la realidad. El Perú está comprometido con una migración ordenada, segura y regular. En esa línea, el Estado ha dado todas las facilidades a las personas extranjeras para que regularicen su situación migratoria. Corresponde ahora ser estrictos también en el cumplimiento de nuestras leyes”, agregó.

¿QUÉ ESTABLECE EL DECRETO LEGISLATIVO N.º 1582?

El Ejecutivo oficializó el Decreto Legislativo n.º 1582 en la cual indica que el transporte interprovincial tendrá que asegurar que “las personas extranjeras sean pasajeros, conductores y/o personal que lo acompaña en el servicio, cuenten con los documentos de identidad y/o de viaje, válidos y vigentes”. En cuanto a los hospedajes: “Deberán exigir la presentación de un documento que acredite la situación migratoria regular del extranjero con quien suscriba contrato de arrendamiento y de los otros extranjeros que habiten y formen parte del grupo arrendador en el mismo inmueble”.

¿CÓMO VERIFICAR LOS CARNÉS ENTREGADOS A LOS EXTRANJEROS FORMALES POR MIGRACIONES?

Aquí te presentamos cómo validar los carnés de permiso temporal de permanencia en línea.

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