Tras la promulgación legislativa de hasta 4 nuevos feriados ordinarios en Perú, el país se convierte a nivel latinoamericano en el que ofrece la mayor cantidad de días de descanso pagados sin contar los denominados días no laborables. El Gobierno ha vuelto a decretar jornadas extraordinarias libres destinadas a trabajadores del sector público, pero con ciertas especificaciones también a quienes figuren sujetos al régimen laboral de la actividad privada. Conoce cuáles fueron determinados por el Ejecutivo para 2024, y cómo aplica según la normativa publicada por El Peruano.
Así como en 2023, el Gobierno volvió a declarar a 7 días como no laborables en Perú con el objetivo de favorecer a trabajadores del sector público, y por ello a partir del 1 de febrero, fecha de publicación del Decreto Supremo (DS) 011 en El Peruano, empieza a cumplirse con lo normado que además dedica párrafos hacia quienes laboran en el ámbito privado.
Con la particularidad de que para este 2024, la mayoría de fechas extraordinarias cuyo carácter es compensatorio, figuran agrupadas en el mes de diciembre por la Navidad y posterior Año Nuevo, te compartimos el listado oficial refrendado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM):
De acuerdo a lo redactado en la norma, el propósito de los días no laborables compensables radica en la promoción del turismo interno, y con ello lograr la reactivación de una economía venida a menos tras la coyuntura sanitaria padecida desde el 2020.
Las leyes en Perú empezaron a calendarizar los feriados desde 1991, y los días no laborables según decretos supremos como el 011 de 2024, estando ambos conceptos destinados a beneficiar a los trabajadores del sector público y también privado, pero con variaciones entre sí de acuerdo a lo establecido también por el Decreto Legislativo 713.
Teniendo en cuenta ambos términos, podemos definir que la diferencia entre ambos radica en que el primero de los mencionados corresponde a fechas festivas celebradas anualmente bajo normativa, y terminan convirtiéndose en un derecho al descanso remunerado, mientras el segundo forma parte de disposiciones gubernamentales establecidas para favorecer a instituciones del Estado, y deben ser compensadas en días inmediatos posteriores al goce de la jornada puntual.
La finalidad de decretar los días no laborables compensables, según el DS 011, tiene por objetivo el de fomentar el turismo interno, y en la mayoría de los casos construir un puente festivo que signifique mayor impacto en la promoción de la actividad turística y receptiva.
En tanto, los feriados nacionales calendarizados son fijados con anticipación y forman parte de un cronograma establecido para el descanso de los trabajadores como un derecho laboral.
1- Año Nuevo (1 DE ENERO)
2 / 3- Jueves Santo y Viernes Santo (28 Y 29 DE MARZO)
4- Día del Trabajo (1 DE MAYO)
5- Batalla de Arica y Día de la Bandera (7 DE JUNIO)
6- San Pedro y San Pablo (29 DE JUNIO)
7- Día de la Fuerza Aérea del Perú (23 DE JULIO)
8 / 9- Fiestas Patrias (28 Y 29 DE JULIO)
10- Batalla de Junín (6 DE AGOSTO)
11- Santa Rosa de Lima (30 DE AGOSTO)
12- Combate de Angamos (8 DE OCTUBRE)
13- Día de Todos los Santos (1 DE NOVIEMBRE)
14- Día de la Inmaculada Concepción (8 DE DICIEMBRE)
15- Batalla de Ayacucho (9 DE DICIEMBRE)
16- Navidad (25 DE DICIEMBRE)
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