Cada 14 de febrero resurgen las mismas interrogantes entre empleados y escolares en el Perú: ¿la celebración de San Valentín supone una pausa en las actividades habituales? La fecha, asociada a encuentros románticos y citas sociales, suele alimentar expectativas cuando coincide con un día hábil y muchos desean saber si contarán con horas libres para festejar.
Sin embargo, más allá del ambiente comercial y del ánimo festivo que rodea la jornada, la realidad legal puede distar del entusiasmo colectivo. ¿Existe algún respaldo normativo que declare feriado el Día del Amor y la Amistad? A continuación, revisamos lo que establece la legislación vigente.
A diferencia de lo que muchos podrían suponer debido a la gran actividad en comercios y restaurantes, el marco legal peruano no otorga al Día de San Valentín la categoría de descanso obligatorio. Esta fecha se procesa como una jornada de trabajo totalmente ordinaria, lo que implica que tanto las instituciones del Estado como las empresas privadas y los colegios operan sin alteraciones en sus horarios.
Por lo tanto, cualquier ciudadano que desee participar en los festejos de esta fecha deberá organizar sus planes personales una vez que haya concluido su horario educativo o laboral, ya que la legislación no contempla permisos ni suspensiones de tareas por este motivo, según explica Infobae.
Para quienes deseen proyectar sus actividades anuales, el Decreto Legislativo 713 define los siguientes descansos remunerados para el 2026:
Aunque muchas personas relacionan el feriado con el día no laborable, existe una diferencia entre ambos términos. Aquí te presentamos las diferencias:
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