Anualmente, el Gobierno le ofrece a la ciudadanía una gran cantidad de días con descanso remunerado, y también jornadas no laborables mediante las cuales muchas veces pueden terminar disfrutando hasta de fines de semana largos. En ese sentido, y desde el sábado 23 de noviembre, los trabajadores peruanos de una ciudad regional en particular, gozan del denominado puente festivo gracias a normativa que a nivel nacional solamente a ellos los beneficia desde hace casi 40 años. Al respecto, te damos a conocer el nombre de la provincia favorecida, porqué figura decretada oficialmente, quiénes descansan cada 25 del undécimo mes del año, entre otros importantes detalles.
¿QUÉ PROVINCIA DEL PERÚ ES LA ÚNICA QUE TIENE DÍA NO LABORABLE CADA 25 DE NOVIEMBRE Y DESDE CUÁNDO?
Termina el 2024 así como los feriados y días no laborables a nivel nacional, siendo una provincia situada al sur del país aquella que desde hace casi 40 años festeja aniversario otorgándole a sus trabajadores la posibilidad de descansar cada 25 de noviembre, sin ser la excepción este último lunes de dicho mes.
De acuerdo a Decreto Supremo N° 093 publicado en 1985, toda la provincia de Mariscal Nieto tiene contemplado disfrutar de asueto para festejar el aniversario de Moquegua “mediante una serie de actividades cívico-patrióticas, culturales, deportivas y recreativas”.
El Artículo 1 de dicha normativa, expresa textualmente declarar “día cívico no laborable” al 25 de noviembre de “todos los años”, y así realizar actos conmemorativos en honor a la ‘Capital del Cobre Peruano’ que este 2024 cumple 483 periodos de fundación.
“La ejecución del artículo anterior no conllevará la pérdida de remuneración, salarios o jornales de los trabajadores de la provincia de Mariscal Nieto, ni de su dominical”, refiere el segundo apartado del Decreto Supremo N° 093, haciéndose hincapié en un decreto de alcaldía de 2020, por ejemplo, que la disposición figura dirigida a entidades públicas cuya dinámica variará hacia los siguientes días con la finalidad de compensar las horas dejadas de laborar.
Con respecto al sector privado, la jornada de cada 25 de noviembre sobre suelo moqueguano, puede gozarse siempre y cuando se concrete acuerdo con empleador, ya que en líneas generales la medida solo está orientada a beneficiar a servidores estatales.
EMBANDERAMIENTO GENERAL POR ANIVERSARIO DE MOQUEGUA Y ACTIVIDADES PROGRAMADAS EN MARISCAL NIETO
El último lunes del undécimo mes de 2024, Moquegua estará de fiesta en el marco de las celebraciones por un aniversario que Mariscal Nieto lo conmemora mediante gran variedad de actividades, tal y como lo estipula Decreto Supremo N° 093 a través de cada 25 de noviembre.
Según lo revelan las redes sociales oficiales de la Municipalidad Provincial local, durante dicha fecha habrá cierre de vías a fin de permitir el exitoso desplazamiento del Corso de la Amistad programado, mientras como parte de la Feria Internacional organizada anualmente, la Serenata estará a cargo de Lucía de la Cruz, Ray Sepúlveda a partir de la 1.45 a.m., y también Marisol y La Magia del Norte.
A propósito de actividades establecidas para homenajear a Moquegua y sus 483 años de fundación, “el embanderamiento general de todas las viviendas, locales comerciales e instituciones públicas y privadas” representa la disposición efectuada a través de Decreto de Alcaldía por Mariscal Nieto, recomendando “que todos los inmuebles estén debidamente presentados, con la limpieza adecuada y el pintado de sus fachadas” antes de colocar el estandarte regional.
ESTOS FERIADOS Y DÍAS NO LABORABLES SON LOS QUE RESTAN POR CUMPLIRSE EN PERÚ HASTA FINES DE 2024
Tras la aprobación y posterior promulgación de hasta 4 feriados que se sumaron a los 12 ya existentes, el Perú pasa hoy a convertirse en uno de los países latinoamericanos con mayor cantidad de jornadas festivas celebradas por trabajadores hacia el 2024, año en el que además un sector laboral en particular dispone de días no laborables que tienden a conformar el denominado puente a nivel nacional.
De acuerdo a lo establecido mediante Decreto Legislativo 713 que data de 1991 cuando presidía Alberto Fujimori, y hoy figura actualizado con la incorporación de más fechas conmemorativas, actualmente son 16 las festividades que representan descanso remunerado para los empleados de entidades públicas y privadas, mientras el Decreto Supremo 011 le suma 7 a dicha cantidad con lo cual termina siendo beneficiado prioritariamente toda aquella entidad de Estado.
A continuación y con respecto a ello, pasamos a compartirte los detalles acerca de los feriados y días no laborables celebrados en Perú hasta fines de 2024:
- FERIADOS
- Domingo 8 de diciembre / Día de la Inmaculada Concepción
- Lunes 9 de diciembre / Batalla de Ayacucho (NUEVO)
- Miércoles 25 de diciembre / Navidad
- DÍAS NO LABORABLES
- Viernes 6 de diciembre
- Lunes 23 de diciembre
- Martes 24 de diciembre
- Lunes 30 de diciembre
- Martes 31 de diciembre
Con respecto al último fin de semana largo que se celebrará en Perú, resulta importante destacar que éste ocurrirá entre el 28 y el martes 31 del duodécimo mes del año, iniciando con sábado y domingo como habituales jornadas de descanso a nivel nacional, y en cumplimiento del Decreto Supremo 011 continuando los siguientes días hasta completar 5 de completa libertad para el ocio gracias al 1 de enero.
Sin embargo, y previo a dicho puente festivo, los trabajadores tanto del sector público como privado tras acuerdo con empleador, también gozarán de otros asuetos en conjunto durante diciembre 2024, teniéndose así contemplado tener tiempo de relajo entre el 6 y 9 y del 21 al 25 donde se festeja la tradicional Navidad.
¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE UN DÍA NO LABORABLE Y UN FERIADO EN PERÚ?
Las leyes en Perú empezaron a calendarizar los feriados desde 1991, y los días no laborables según decretos supremos como el 011 de 2024, estando ambos conceptos destinados a beneficiar a los trabajadores del sector público y también privado, pero con variaciones entre sí de acuerdo a lo establecido también por el Decreto Legislativo 713.
Teniendo en cuenta ambos términos, podemos definir que la diferencia entre ambos radica en que el primero de los mencionados corresponde a fechas festivas celebradas anualmente bajo normativa, y terminan convirtiéndose en un derecho al descanso remunerado, mientras el segundo forma parte de disposiciones gubernamentales establecidas para favorecer a instituciones del Estado, y deben ser compensadas en días inmediatos posteriores al goce de la jornada puntual.
La finalidad de decretar los días no laborables compensables, según el Decreto Supremo 011, tiene por objetivo el de fomentar el turismo interno, y en la mayoría de los casos construir un puente festivo que signifique mayor impacto en la promoción de la actividad turística y receptiva.
En tanto, los feriados nacionales calendarizados son fijados con anticipación y forman parte de un cronograma establecido para el descanso de los trabajadores como un derecho laboral.