Los conductores que detengan su vehículo sobre la demarcación en el pavimento de la señal “No bloquear cruce” en la red vial nacional serán multados con 296 nuevos soles, equivalente al 8% de una Unidad Impositiva Tributaria (UIT), según dispone una norma publicada hoy en el diario El Peruano.
El Decreto Supremo 004-2013-MTC incorpora la infracción G.70, considerada “Grave” al Anexo I del Cuadro de Tipificación, Multas y Medidas Preventivas aplicables a las infracciones al Tránsito Terrestre del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito-Código de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo No. 016-2009-MTC.
El chofer sancionado acumulará 20 puntos en su récord de infracciones de tránsito, precisa la disposición legal.
A fin de que la autoridad competente dentro del ámbito de su jurisdicción efectúe la respectiva implementación de la señal “No bloquear cruce” y realice campañas para su adecuada difusión, la norma establece un plazo de 120 días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación del presente Decreto Supremo, para la entrada en vigencia de la medida.
La norma lleva la rúbrica del presidente de la República, Ollanta Humala, y está refrendada por el ministro encargado del Despacho del Sector Transportes y Comunicaciones, René Cornejo Díaz.