Según especialistas, una de las ventajas es que los trabajadores pueden disponer del exceso de cuatro remuneraciones.
A pesar de que la CTS es un beneficio de carácter provisional para el trabajador, al que accede cuando se desvincula de la compañía, se han registrado casos en que retiran el monto antes de su cese y se quedan sin dinero. Esta situación se intensificó entre el 1 de enero de 2001 y el 21 de octubre de 2004, cuando un sistema transitorio permitió retirar la CTS en su totalidad al recibir cada pago mensual.
Según Raúl Saco, profesor de Derecho Laboral en la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), se trata de un beneficio tan tradicional y arraigado que resultaría muy complicado suprimirlo del régimen laboral. Se considera importante siempre que se respete su finalidad, es decir, brindar un respaldo económico al trabajador luego de su cese. Igual de importante es la institución financiera en que se depositará este monto. Las cajas municipales suelen ofrecer mayores intereses que el resto de entidades.
César Puntriano, socio del Área Laboral de PwC, señala que uno de los beneficios más importantes del régimen actual es permitir que los trabajadores puedan disponer del exceso de cuatro remuneraciones. “Esta modificación me parece adecuada, porque las estadísticas indican que al colaborador le toma hasta cuatro meses, en promedio, reubicarse laboralmente”.
El experto también comenta que este aspecto podría revisarse para que se adecúe mejor al contexto actual. La desaceleración económica del país en los últimos cinco años ha generado incrementos considerables en las tasas de desempleo y subempleo, tanto por horas como por ingresos. Ahora resulta más complicado que un trabajador se pueda reubicar con rapidez: cuatro meses no serían suficientes.
Otro problema es el sistema de remuneración integral anual, en el que algunos trabajadores pueden recibir su gratificación y CTS de manera mensual. El pago se realiza en efectivo, no en un banco. “Este sistema debería revisarse porque desvirtúa el fin de la CTS. No debería pagarse de esa manera. Las personas deben recibir ese dinero en el banco y con la restricción de cuatro remuneraciones intangibles al igual que el resto”, comenta Puntriano.