Tribunal Constitucional declaró infundada la prescripción del cobro de deudas a la Sunat. (Composición: El Comercio)
Tribunal Constitucional declaró infundada la prescripción del cobro de deudas a la Sunat. (Composición: El Comercio)
Redacción EC

El pleno del (TC) declaró hoy infundada la demanda que buscaba la prescripción de las deudas de grandes empresas a la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria ().

Más temprano, la ministra de Economía y Finanzas, , había señalado que . Con la decisión del TC, la Sunat podrá exigir el pago a dichas compañías.

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En una sesión virtual, los magistrados del TC Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez y Marianella Ledesma votaron en contra de la demanda de inconstitucionalidad; mientras que Augusto Ferrero Costa y Ernesto Blume votaron a favor; declarándose así infundada. El magistrado José Luis Sardón de Taboada se inhibió.

La ponencia presentada por el magistrado Ernesto Blume está relacionada a la prescripción de deudas tributarias y la inconstitucionalidad del –publicado en el 2018– el cual señala que el plazo computable para la prescripción de las obligaciones iniciadas antes del 2012 se cuenta .

La referida norma, promulgada por el Ejecutivo en 2018, precisa la forma de calcular el plazo de cuatro años que tiene la Sunat para cobrar las multas que impone durante su labor de supervisión.

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Durante su sustentación, Blume Fortini dijo que el D.L. 1421 excedió la regulación constitucional del régimen de delegación de facultades legislativas aprobada mediante Ley 30823. Además, mencionó que no existe relación entre las materias autorizadas por ella y las desarrolladas.

También señaló que la no hace ninguna referencia a la prescripción tributaria.

Por la mañana, el presidente , dijo que espera que los miembros del TC tomen la decisión más adecuada respecto a las deudas tributarias de grandes empresas. En su opinión, .

Lo que no puede ser es que este proceso de Sunat que está en curso pueda prescribir si están todavía en discusión [...] Son más o menos 10,000 mil millones de soles en discusión y tiene que permitirse que se analice, que se discuta y ver si corresponde o no pero no decir que prescribe”, sostuvo el mandatario.

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CORRECCIONESEn la versión original de la nota, se indicó que Eloy Espinosa-Saldaña Barrera, Manuel Miranda Canales, Carlos Ramos Núñez y Marianella Ledesma votaron por la inconstitucionalidad de la demanda. Lo correcto es afirmar que votaron en contra de la demanda de inconstitucionalidad.

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