El lunes, el periodista Fernando Valencia fue sentenciado, en primera instancia, a veinte meses de prisin suspendida y al pago de S/100.000 a favor deAlan Garca. Ello como resultado de una denuncia presentada en su contra por el ex presidente por el delito de difamacin.
En el 2014, cuando Valencia era director de Diario 16, ese medio public una portada en la que se mostraba la imagen de Garca junto al texto Ladrones a la crcel y no en el poder, frase que haba sido expresada el da anterior por el presidente Humala en aparente alusin al lder aprista.
El prximo 3 de mayo ser la lectura de sentencia al periodista Rafo Len, tambin acusado de difamacin tras publicar un artculo de opinin en la revista Caretas en el 2014. Len podra afrontar hasta tres aos de crcel, as como el pago de una indemnizacin de S/5 millones como lo ha solicitado la denunciante Martha Meier.
Ambos casos han estado en el ojo de la tormenta por los precedentes que podran sentar para el ejercicio de la libertad de expresin.
Cuestin de honor La libertad de expresin en su doble modalidad, de informacin y opinin, es un derecho reconocido constitucionalmente. El abuso de este derecho puede devenir en delito de difamacin, que se sanciona hasta con tres aos de crcel. Su incorporacin al Cdigo Penal pretende proteger el derecho al honor y la intimidad de las personas.
El punto clave est en que la proteccin del derecho al honor y a la intimidad no debe afectar otro derecho fundamental: la libertad de expresin.
La difamacin es un delito que comete quien atribuye a una persona un hecho, cualidad o conducta que pueda perjudicar el honor o reputacin de dicho individuo. Su forma agravada consiste en hacerlo a travs de medios de comunicacin masivos.
El abogado Csar Nakazaki seala que existe un conjunto de lmites que los jueces no siempre toman en cuenta al momento de resolver controversias de esta naturaleza. Si el periodista acta dentro de estos lmites as afecte el derecho al honor o a la intimidad, va a estar justificada la afectacin, tan igual como se puede matar en el caso del derecho a la legtima defensa, sostiene.
Nakazaki manifiesta que estos lmites consisten en que la informacin por revelar debe ser de inters pblico y debe tratarse de informacin veraz (obtenida de fuentes confiables).
Tambin deben existir proporcionalidad y razonabilidad en la divulgacin de informacin. En el caso de Magaly Medina con las vedettes, ella demostr que se dedicaban a la prostitucin, el problema es que mostr muchas imgenes para ello, ah no hay proporcionalidad, seala como ejemplo Nakazaki.
Con respecto a la libertad de opinin (libertad de valorar hechos), el penalista Luis Lamas Puccio sostiene que no se debera opinar sobre la vida privada de una persona cuando ello afecte su intimidad u honor. Para que opinar sea delito debe ser un acto doloso que tenga como intencin perjudicar y menoscabar el prestigio o la honorabilidad de una persona, seala.
No eres t, soy yo El abogado Carlos Caro, adems, precisa que en el Per no solo las personas naturales gozan del derecho al honor, sino tambin las personas jurdicas. El Tribunal Constitucional ha sealado que las empresas tambin pueden tener honor y reputacin, anota.
Para l, el problema que se ha suscitado con el periodista Fernando Valencia responde a un desconocimiento de los jueces. No se est respetando un acuerdo de la Corte Suprema que es vinculante en donde se establecen claramente cules son los lmites de la libertad de expresin. Es obligatorio para todos los jueces, pero parece que se olvidan de aplicarlo, precisa.
Al igual que Nakazaki, sostiene que los casos de penas excesivas no son por la ley, sino por la mala aplicacin de esta. Los jueces no estn suficientemente entrenados en estos lmites a la libertad de expresin o el rol de los redactores, editores o del director periodstico, debe haber ms difusin, concluye Nakazaki.
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