Este viernes 16 de septiembre, la FIFA emitió su resolución sobre el caso Byron Castillo y dejó en claro que Ecuador se mantiene en el Mundial Qatar 2022 pese a los reclamos de Chile y Perú. Esta decisión no cayó nada bien en la Asociación Nacional de Fútbol Profesional (ANFP), según reveló Eduardo Carlezzo, abogado defensor de la postura chilena.
“Nunca he visto en toda mi vida como abogado una injusticia como esta. Hay una enorme cantidad de documentos que, por sí solos, prueban sin ninguna duda que el jugador nació en Colombia. Además de eso, todos escucharon su confesión, dada durante una investigación oficial llevada a cabo por la propia Federación Ecuatoriana”, comenzó diciendo el jurista en diálogo con La Tercera de Chile.
“El jugador bromeó con el sistema al no asistir a una audiencia y nada de eso produjo ningún efecto. ¿Qué más se necesita? Claramente parece que cualquier cosa que podamos presentar no sería suficiente para validar el reclamo”, añadió.
“Día triste para el fútbol y para el juego limpio. El mensaje es claro: se permite hacer trampa. Apelaremos al TAS”, sentenció Eduardo Carlezzo.
RESOLUCIÓN DE LA FIFA POR CASO BYRON CASTILLO
La Comisión de Apelación de la FIFA ha fallado sobre los recursos de apelación que presentaron la Federación de Fútbol de Chile (FFCH) y la Federación Peruana de Fútbol (FPF) contra la decisión adoptada por la Comisión Disciplinaria de la FIFA relativa al posible incumplimiento de Byron David Castillo Segura de los criterios de convocatoria para participar con la selección nacional de la Federación Ecuatoriana de Fútbol (FEF) en ocho partidos de clasificación, correspondientes a la fase preliminar de la Copa Mundial de la FIFA Catar 2022™.
Tras analizar la documentación recibida de las partes y celebrar la vista correspondiente, la Comisión de Apelación ratificó la decisión de la Comisión de Disciplina de cerrar la investigación del caso iniciado contra la FEF. Sobre la base de la documentación recibida, entre otras consideraciones, se ha estimado que el jugador debe ser considerado poseedor de nacionalidad ecuatoriana permanente, de conformidad con el art. 5, apdo. 1 del Reglamento de Aplicación de los Estatutos de la FIFA.
Las decisiones de la Comisión de Apelación se han notificado hoy a las partes afectadas. Esta decisión queda sujeta a recurso ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo.
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