El Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) dio a conocer este jueves el anteproyecto de ley preparado para regular los juegos y apuestas deportivas por Internet, la cual genera un movimiento aproximado de S/ 4,500 millones anuales.
Según el titular del sector, Roberto Sánchez, es urgente que estas operaciones sean controladas de manera integral, pagando impuestos y cumpliendo con condiciones adecuadas, que garanticen la seguridad a los usuarios, así como la transparencia y las políticas de juego responsables, tal como ha sucedido en Colombia, México, Argentina, y gran parte de los Estados Unidos y Europa.
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En la víspera se adelantó que se gravaría esta actividad por internet tras sostener reuniones con diversos gremios empresariales del sector.
“El anteproyecto del Mincetur propone un impuesto directo del 12% aplicado al Ingreso Neto (Net Win). Del mismo modo, considera un impuesto selectivo al consumo de 1% a las apuestas pagadas por el cliente. En ese sentido, se estima una recaudación anual de alrededor de S/ 160 millones, que no sólo podrán ser invertidos en la reactivación del turismo, sino también en obras de infraestructura pública, especialmente para promover el deporte”, dijo Sánchez.
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¿Qué medidas se aplicarán?
El Mincetur será la entidad responsable de otorgar las autorizaciones para el uso de plataformas tecnológicas en juegos y apuestas deportivas, así como en locales físicos, por lo que las empresas deberán estar inscritas en el Registro Único de Contribuyentes.
- Las empresas deberán contar con un representante legal en Perú y un dominio web con la terminación “.pe”, para evitar así la fuga de capitales y prevenir el lavado de activos, comisión de fraudes, delitos informáticos y cualquier otro propósito ilícito.
- La fiscalización de las plataformas tecnológicas se realizará por accesos físicos y/o lógicos, presenciales o remotos.
- La propuesta también prohíbe la participación en apuestas de juegos y deportivas a distancia de los menores de edad y personas con ludopatía.
- Las empresas que no cuenten con la autorización sectorial respectiva estarán prohibidas de suscribir contratos de publicidad o patrocinio.
- Respecto a las sanciones administrativas estas incluyen: amonestación, multa (de 1 a 500 UIT), cancelación de autorización y/o registro administrativo, inhabilitación hasta por 10 años e inhabilitación permanente.
La propuesta indica que, luego de ser promulgada, el Mincetur deberá emitir el reglamento en un plazo que no exceda los 90 días hábiles. A partir de la fecha de entrada en vigencia de la norma, las empresas deberán cumplir con lo señalado en el dispositivo legal en un plazo de ciento 120 días calendario.