Nadie puede soslayar los importantes esfuerzos de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) para asegurar el cumplimiento de las normas laborales. Se observan loables iniciativas para estar más cerca del ciudadano, una mayor interacción con su público objetivo a través de redes sociales, entre otras. Al ofrecer rapidez, gratuidad y facilidad para una denuncia, hoy la Sunafil es la vía preferida para canalizar los conflictos laborales, más que el Poder Judicial, inclusive. En esa línea, se ha anunciado que para el 2025 contará con 86 inspectores más, sumando en total 864 en todo el país.
Sin embargo, si bien el sistema se soporta en gran medida en el trabajo de los inspectores, también requiere mayor estabilidad en los cargos de dirección a fin de tener políticas estables y un norte claro en el tiempo. En esa línea, la dirección ejecutiva de Sunafil está a cargo de un superintendente y la ley prevé una designación por 3 años, para que pueda cumplir sus planes y políticas, evitando que la coyuntura política afecte su función. Pese a ello, desde el 28 de julio del 2021 a la fecha, se han designado o encargado hasta 7 superintendentes que, en promedio, estuvieron en el cargo tan solo 5,6 meses cada uno.
La alta rotación y falta de dirección estable impiden seguir una hoja de ruta clara, afectando una real formalización de trabajadores de sectores informales que no tienen acceso a condiciones mínimas de protección social y laboral, haciendo que la gran mayoría de inspecciones siga concentrándose en el ámbito formal, bajo una fórmula mayoritariamente punitiva.
Ahora bien, este sistema, que debe tener pesos y contrapesos (recodemos que le damos al Estado el poder de fiscalizarnos, pero dentro de determinados límites), también considera la existencia del Tribunal de Fiscalización Laboral (TFL). Este órgano resuelve los casos de infracciones muy graves en última instancia y es el llamado a marcar las tendencias en la resolución de casos (jurisprudencia administrativa). El tribunal debería tener tres salas y hoy solo cuenta con una sala desde que inició sus actividades. A setiembre del 2024, ha resuelto cerca de 4 mil casos, ha emitido 49 precedentes vinculantes de observancia obligatoria y ha declarado, en algunos casos, la nulidad de sus propias resoluciones (al advertir vulneración de un derecho constitucional). Este tribunal en la actualidad tiene un retraso de 12 a 15 meses para resolver una controversia (por ley debería ser máximo 30 días).
En esta línea, cabe preguntarnos, ¿para la eficacia del sistema inspectivo basta solo tener más inspectores o, además, se requiere una dirección con mayor estabilidad y predictibilidad? ¿No sería oportuno convocar pronto a un concurso de vocales para el tribunal para remplazar a los que están por cumplir su mandato, así como para instalar una segunda sala?
Es momento de tener una dirección más clara, orientada a revertir el sesgo de estar ausentes ante la gran informalidad y solo enfatizar un rol punitivo que afecta al sector formal; debemos pasar a plasmar una política de largo aliento con una dirección que genere más predictibilidad, certezas y confianza.