La consultora internacional EY asegura que el formulario virtual 621 –que ha habilitado la Sunat para la declaración y pago mensual del IGV e Impuesto a la Renta desde el 1 de enero— servirá a aquellos contribuyentes con libros electrónicos contables o quienes emitan comprobantes de pago electrónicos a sincronizar la información que ellos manejan con la que deben reportar a la Sunat. Follow @PortafolioECpe !function(d,s,id){var js,fjs=d.getElementsByTagName(s)[0],p=/^http:/.test(d.location)?'http':'https';if(!d.getElementById(id)){js=d.createElement(s);js.id=id;js.src=p+'://platform.twitter.com/widgets.js';fjs.parentNode.insertBefore(js,fjs);}}(document, 'script', 'twitter-wjs');
“Se trata de un formulario opcional para liquidar IGV, IVAP y pago a cuenta de Renta, y su mayor beneficio sería cargar o sincronizar la información que se reporta desde los libros electrónicos. Bajo este contexto, viabilizaría el proceso de la declaración a los generadores de los libros electrónicos desde el portal de Sunat o como emisores de comprobantes de pago desde esa misma plataforma”, indicó EY.
La Sunat señaló que la principal novedad del formulario virtual 621“es que cuenta con una propuesta de declaración en base a la información con la que cuenta la Sunat, considerando los datos proporcionados por el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras electrónicos, generados previamente por los contribuyentes”.
Detalló que este nuevo formulario “podrá ser utilizado por los contribuyentes que generen previamente su registro de ventas y su registro de compras de manera electrónica”. Agregó que este formulario es adicional al PDT 621 y a la Declaración Simplificada 621.