El Ejecutivo autorizó a la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) transferir a favor del programa Fondo de Apoyo Empresarial a la Mype (FAE Mype) la suma de hasta S/500′000.000, con el objetivo de promover el financiamiento de las micro y pequeñas empresas (mype), a través de créditos para capital de trabajo, a fin de mantener su actividad productiva.
Así, mediante Decreto de Urgencia Nº 049-2020, se autoriza a Cofide dicha transferencia previa instrucción de la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas y del Banco de la Nación.
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De acuerdo a la norma, la garantía que otorga el FAE Mype cubre como máximo el monto equivalente a dos veces el promedio mensual de deuda de capital de trabajo registrado por la Mype, en el año 2019, en la empresa del sistema financiero o Coopac (cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público) que le otorga el crédito.
La garantía se aplica de acuerdo con la siguiente cobertura:
- Hasta S/10.000 con una cobertura de 98% de la cartera por deudor.
- Desde S/10.001 hasta S/30.000 con una cobertura de 90% de la cartera por deudor.
La garantía se activa a los 90 días calendario de atraso de los créditos otorgados y el pago se realiza a los treinta 30 días calendario.
Beneficiarios del FAE Mype
- Los que obtengan créditos para capital de trabajo a partir de la entrada en vigencia de la presente norma.
- Los que encuentren clasificadas en el Sistema Financiero, al 29 de febrero de 2020 en la Central de Riesgo de la SBS, en la categoría de “Normal” o “Con Problemas Potenciales” (CPP).
- En caso de no contar con clasificación a dicha fecha, no haber estado en una categoría diferente a la categoría “Normal” durante los 12 meses previos al otorgamiento del préstamo.
- En caso la mype se financie a través de una Coopac y no cuente con información en la Central de Riesgo de la SBS, el criterio de elegibilidad podrá establecerse en el Reglamento Operativo.
No son elegibles aquellas mype que:
- Se encuentren vinculadas a las empresas del sistema financiero y a las Coopac otorgantes del crédito, así como aquellas comprendidas en la Ley que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos.
- Cuenten con créditos garantizados en el marco del Programa Reactiva Perú.
Plazo
El Ejecutivo autorizó a las empresas del sistema financiero y a las Coopac a incluir un periodo de gracia de hasta 12 meses.
Los recursos que no se lleguen a comprometer al 31 de diciembre del 2020 (fecha en la que vence el plazo para otorgar créditos bajo el Fae Mype) serán devueltos al Fondo Crecer.
El presente Decreto de Urgencia tiene vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020.
Financiamiento de empresas exportadoras
Los recursos del Fondo Crecer destinados al financiamiento de las empresas exportadoras se pueden utilizar hasta el 25% de los recursos no comprometidos del mencionado fondo, al 31 de marzo del 2020.
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¿Cuáles son los síntomas del nuevo coronavirus?
Entre los síntomas más comunes del covid-19 están: fiebre, cansancio y tos seca, aunque en algunos pacientes se ha detectado dolor corporal, congestión nasal, rinorrea, dolor de garganta y diarrea. Estos malestares pueden ser leves o presentarse de forma gradual; sin embargo, existen casos en los que la gente se infecta, pero no desarrolla ningún síntoma, precisó la Organización Mundial de la Salud (OMS).
Además, la entidad dio a conocer que el 80 % de personas que adquieren la enfermedad se recupera sin llevar un tratamiento especial, 1 de cada 6 casos desarrolla una enfermedad grave y tiene dificultad para respirar, la gente mayor y quienes padecen afecciones médicas subyacentes (hipertensión arterial, problemas cardiacos o diabetes) tienen más probabilidades de desarrollar una enfermedad grave y que solo el 2 % de los que contrajeron el virus murieron.
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