Este 15 de noviembre es el último día para que los empleadores depositen el pago de Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a los trabajadores del sector privado peruano. En esa línea, especialistas brindan opciones para que pueda crecer el dinero, a través del ahorro seguro o inversiones en el extranjero.
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“Hay que tener presente que este es un fondo de retiro laboral y que no necesariamente a la edad de jubilación (60-65 años) se contará con un trabajo o se tendrá un flujo de ingresos estable”, anticipa Renato Peñaflor, profesor de Economía y Negocios de la de la Escuela de Postgrado USIL
¿Es rentable invertir mi CTS en un banco?
Ricardo Kanna, gerente de Productos y Medios de Pago de Banco Pichincha, precisa que la CTS tiene tasas por encima de lo que paga una cuenta por depósito normal. “Lo ideal es buscar una entidad bancaria que brinde una rentabilidad competitiva, por ejemplo, nosotros ofrecemos a los clientes una tasa de 7%”, agrega.
Además, recomienda tener presente cuatro servicios básicos que debe ofrecerle un banco para administrar su CTS:
- Generar intereses desde el primer mes
- No debe pedir un monto mínimo de apertura
- No debe tener costo de mantenimiento de cuenta
- Debe estar protegido por el Fondo de Seguro de Depósitos
El ejecutivo refiere que es importante dar claridad sobre las alternativas de inversión que existen en el mercado peruano y que los pueden ayudar a generar mayores excedentes y rentabilidades con su CTS.
“La rentabilidad está asociada al perfil de riesgo que se desee asumir. Se debe definir primero el nivel de riesgo y en ese mismo sentido cuál es su horizonte de inversión”, acota.
¿Puedo invertir mi CTS en el extranjero?
Para Gonzalo García Arboccó, director Comercial de MFX Prime, esta es una alternativa para aquellos que cuentan con los fondos y no tienen necesidades urgentes u obligaciones en el corto plazo.
Sostiene que en estos casos, se puede invertir en notas estructuradas, una alternativa segura pues ofrece protección de capital, inversión en activos globales y rendimientos superiores; combina instrumentos de renta fija y renta variable, entre otros.
Además, permite hacer una inversión sobre el alza o baja de un activo en el mercado global y tener la seguridad de contar con la protección correcta.
“Es un instrumento financiero administrado por un intermediario, que puede obtener rendimientos superiores a los del mercado de renta fija con productos locales”, detalla
Asimismo, ofrece una tasa mayor de retorno en base a mayor capital de inversión. Nuestra rentabilidad anual garantizada puede iniciar en 7.25% y alcanzar un 10.75%, dice el especialista en inversiones.
Productos de inversión vía aseguradoras
“La CTS debe ser usada para rentabilizarse de la mayor manera posible. El horizonte de inversión debe ser relativamente largo, de 2 o 3 años, y si luego del plazo no necesita el dinero, volver a renovarlo”’, explica Javier Gamboa, gerente de seguros de vida financieros y pensiones de Rímac.
Para el perfil inversor más arriesgado, plantea alternativas como fondos mutuos, acciones, o las más innovadoras: seguros como es Inversión Global, un producto para invertir en el extranjero y obtener rentabilidades tan o más altas como las que ofrece cualquier otra alternativa local.
Por otro lado, para uno poco más conservador existen alternativas con tasas de rentabilidad garantizada desde los tradicionales depósitos a plazo, hasta los productos Renta Garantizada, que permite recibir pensiones fijas.
¿Qué trabajadores pueden acceder a este beneficio?
La abogada laboralista Alicia Jiménez, asociada principal del estudio Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría (PPU), comenta que este beneficio le corresponde principalmente a los trabajadores bajo el régimen 728, de la actividad privada común. Estos tienen derecho a recibir la CTS, tanto en mayo como noviembre.
Luego, están los trabajadores de las pequeñas empresas, aquellas que no superen los ingresos anuales de 1,700 UIT, los cuales pueden acceder a razón de un 50% de este beneficio, siempre y cuando las pequeñas empresas estén inscritas en el Remype.
En el caso de las microempresas, que no superen las 150 UIT anuales no están obligadas a pagar la CTS a sus empleados.
Cabe mencionar, que como regla general, pueden acceder todos los trabajadores del régimen laboral privado que hayan laborado como mínimo cuatro horas diarias y que tengan como mínimo un mes completo de servicios entre los meses de mayo y octubre.
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¿Cómo verifico que mi CTS haya sido correctamente calculada y desembolsada?
Alicia Jiménez señala que el empleador tiene la obligación de otorgar una liquidación de cálculo de la CTS a cada trabajador en la que se detalle la forma de cálculo, así como acreditar el depósito de este beneficio en la cuenta del sistema financiero o bancario elegida por el trabajador.
La CTS a depositar equivale al 50% de la remuneración percibida por el trabajador al 30 de abril o al 30 de octubre, dependiendo de si trata del depósito de mayo o del depósito de noviembre, respectivamente. Asimismo, debe incluirse también 1/6 de la gratificación del periodo correspondiente.
En ese sentido, para el pago de noviembre, por ejemplo, debe incluirse 1/6 de la gratificación de julio de 2022. Esto debido a que se trata de una remuneración de periodicidad semestral.