Hay 2.728 entidades del Estado que mantienen una deuda de más de S/ 12.166,6 millones con sus trabajadores afiliados al Sistema Privado de Pensiones (SPP), perjudicando los fondos para sus pensiones e impidiendo que sus aportes crezcan con la rentabilidad del sistema.
“En los tres niveles de gobierno –Nacional, regional y local–, hablamos de miles de entidades que descontaron mensualmente los aportes de AFP de los sueldos de 431.936 afiliados, pero no los depositaron en sus Cuentas Individuales de Capitalización”, indicó Giovanna Prialé, presidenta de la Asociación de AFP (AAFP).
La deuda más grande la tienen un total de 565 entidades los gobiernos regionales, por un monto que asciende a S/ 6.205,7 millones. Le siguen 386 instituciones del Gobierno Nacional, cuya deuda es de S/ 3.402,4 millones y, por último, 1.777 entidades de los gobiernos locales que adeudan S/ 2.558,3 millones.
“Es preocupante que estas entidades no hayan depositado los aportes de los afiliados. Han puesto en riesgo sus ahorros previsionales. Urge que las instituciones se pongan a derecho y una de las herramientas para hacerlo es el REPRO-AFP III”, señaló Prialé.
El REPRO es el régimen de reprogramación de pago de aportes previsionales. Actualmente, es la tercera vez que se habilita esta opción, con la cual se podrá devolver los aportes devengados y no pagados hasta el 31 de diciembre de 2022.
Este régimen permitirá que casi medio millón de trabajadores del sector público, entre pensionistas y afiliados, recuperen sus aportes y la rentabilidad que hubieran obtenido en caso los aportes hubieran sido pagados oportunamente.
Acogiéndose al REPRO, las entidades estatales no solo honrarán sus deudas, sino que también se beneficiarán con la extinción de multas, recargos e intereses. De esta manera, la deuda del Estado se reduciría en 89%, pasando de más de S/ 12.166,6 millones a poco más de S/ 1.295 millones, sin afectar los aportes de los afiliados y la rentabilidad que hubieran obtenido al haber sido depositados a tiempo.
Además, las instituciones podrán solicitar la suspensión de los procesos de cobranza judicial iniciados por las AFP por las deudas acogidas a este régimen.
Las entidades podrán presentar su solicitud de acogimiento hasta el 28 de febrero de 2024, a través de la web de AFPnet (www.afpnet.com.pe), a partir de la publicación del procedimiento operativo por parte de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.
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