Indecopi confirma que cártel internacional se repartió el mercado de transporte marítimo de vehículos en el Perú

La concertación ocurrió entre los años 2001 y 2012, y el Indecopi sancionó a las tres empresas que conformaron el cártel con una multa de S/26,14 millones
Indecopi confirmó la sanción en segunda y última instancia administrativa. (Foto: Jesus Saucedo | GEC)

La Sala Especializada en Defensa de la Competencia (SDC) del Tribunal del confirmó, en segunda y última instancia administrativa, la responsabilidad de tres líneas navieras por haberse repartido, de manera concertada, el mercado del transporte marítimo internacional de vehículos entre los años 2001 y 2012.

En primera instancia, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia (CLC) sancionó a estas empresas por haber participado en un acuerdo anticompetitivo para repartirse clientes (fabricantes o importadores de automóviles y camiones) para el transporte marítimo de vehículos de diversas marcas.

Este cártel, que operó en la clandestinidad entre el 2001 y el 2012, y afectó contratos de empresas importadoras, que inclusive tenían vigencia contractual hasta el 2015, infringió el artículo 11.2 de la Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas.

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La infracción señalada se detectó a partir de la colaboración de Compañía Sudamericana de Vapores S.A (CSAV) y Nippon Yusen Kabushiki Kaisha (NYK), empresas que se acogieron al Programa de Clemencia, reconocieron la infracción y aportaron pruebas determinantes para acreditar el cártel y la participación de las otras empresas investigadas.

A partir de la valoración de dichas pruebas, la Sala Especializada en Defensa de la Competencia del Indecopi, confirmó la responsabilidad de las empresas involucradas, imponiéndoles multas por un total de 5.942,48 UIT (unidades impositivas tributarias) equivalentes, a la fecha, a S/26,14 millones, según el siguiente detalle:

Al igual que en casos anteriores, la SDC confirmó que las empresas infractoras deberán acreditar la implementación de un ‘Programa de Cumplimiento’ en materia de libre competencia.

De esta manera, se busca contrarrestar aquellas condiciones que puedan promover o permitir que se generen nuevas conductas anticompetitivas y reducir el riesgo de futuras contravenciones a las normas que tutelan la libre competencia.

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