El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) emitió un Decreto Supremo que amplía hasta fin de año el plazo para que los contribuyentes que disminuyeron sus ingresos por el impacto de la pandemia del COVID-19 puedan solicitar el aplazamiento o el fraccionamiento de sus deudas tributarias con Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Según el Decreto Supremo N°285-2020, que fue publicado este lunes 28 de setiembre en el diario oficial El Peruano, el MEF establece que “se extienda hasta el 31 de diciembre de 2020 el plazo para la presentación de la solicitud del acogimiento al Régimen de Aplazamiento y Fraccionamiento (RAF) de las deudas tributarias administradas” por la Sunat.
El pasado 23 de junio, el MEF había establecido que el mencionado plazo vencería el próximo el 30 de septiembre del 2020. Con el nuevo decreto, la fecha límite para acogerse al RAF ahora se extiende por tres meses más.
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Los contribuyentes que se acojan al RAF pueden solicitar de forma virtual el aplazamiento por seis meses o el fraccionamiento hasta por 36 meses de sus deudas con Sunat o Essalud. En la víspera, el ente recaudador informó que ha recibido más de 57.000 solicitudes por un monto total acumulado que superan los S/2.500 millones.
El referido decreto que amplía el plazo para acogerse al RAF fue refrendado por el presidente de la República, Martín Vizcarra, y la titular del MEF, María Antonieta Alva.
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